DECRETO No. 87
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que los Gobiernos de las Repúblicas de El Salvador, Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua y Panamá, celebraron con la Comunidad Económica Europea (CEE), el Convenio de Financiación denominado: Programa Regional de Recogida y Tratamiento de los Desechos Procedentes de Hospitales ALA/91/33", el que consta de un Preámbulo; una parte relativa a Condiciones Generales que consta de veinte Artículos; un Anexo A, relativo a Disposiciones Técnicas y Administrativas; y, un Anexo B, relativo a Arbitraje, suscrito en esta ciudad, el 25 de enero de 1993, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Coronel y Doctor Lisandro Vásquez Sosa, y en nombre y representación de los Gobiernos de Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua, Panamá y la Comunidad Económica Europea, por sus respectivos representantes;
II.- Que el propósito del Convenio ALA/91/33, es financiar la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL ECU, equivalentes al cambio oficial del día, y su fecha límite es el 31 de diciembre de 1996, siendo en el caso de El Salvador, el beneficiario el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la proporción respectiva;
III.- Que el Convenio mencionado en los Considerandos que anteceden, fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 11 del 6 de junio de 1994;
IV.- Que no teniendo dicho Convenio de Financiación, ninguna disposición que contravenga la Constitución de la República es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad con el Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Financiación celebrado entre la Comunidad Económica Europea (CEE) y los Gobiernos de las Repúblicas de El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá denominado: "Programa Regional de Recogida y Tratamiento de los Desechos Procedentes de Hospitales ALA/91/33", el que consta de un Preámbulo; una parte relativa a Condiciones Generales que consta de veinte Artículos; un Anexo A, relativo a Disposiciones Técnicas y Administrativas; y, un Anexo B relativo a Arbitraje, suscrito en esta ciudad, el 25 de enero de 1993, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador, por el entonces Ministro de Salud Pública y Asistencia Social Coronel y Doctor Lisandro Vásquez Sosa, y en nombre y representación de los Gobiernos de Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua, Panamá y la Comunidad Económica Europea por sus ÍNDICE LEGISLATIVO 2 respectivos representantes; aprobados por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 11 de fecha 6 de junio del año en curso.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL. Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 5 Tomo N° 326 Fecha: 9 de enero de 1995. ÍNDICE LEGISLATIVO