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Decreto N° 862 23 Mayo de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 862 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 862 Fecha: 23 Mayo de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 862

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el próximo 29 de abril se conmemorará el centenario de la gesta heroica de cuarenta y cuatro ciudadanos que, en la ciudad de Santa Ana, lograron derrocar el régimen de tiranía que en aquella época gobernaba el país;

II.- Que a fin de celebrar dignamente tal efemérides es procedente decretar FIESTA NACIONAL, en la fecha antes mencionada y asueto remunerado para los empleados públicos, municipales y privados del Departamento de Santa Ana, a fin de que se facilite la participación ciudadana en los actos especiales que se han preparado al efecto;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carmen Elena Calderón de Escalón y Juan Duch Martínez,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase FIESTA NACIONAL el veintinueve de abril del corriente año, en ocasión de conmemorarse el primer centenario de la gesta heroica de cuarenta y cuatro ciudadanos que, en la ciudad de Santa Ana, lograron derrocar el régimen de tiranía que, en aquella época, gobernaba el país.
Art. 2.- Los empleados públicos, municipales y privados del Departamento de Santa Ana gozarán de asueto remunerado durante la fecha mencionada en el Artículo anterior, a fin de facilitar la participación ciudadana en los actos especiales que se llevarán a cabo en la ciudad de Santa Ana.
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA RUBÉN IGNACIO ZAMORA RIVAS VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS VICEPRESIDENTE RAÚL MANUEL SOMOZA ALFARO SILVIA GUADALUPE BARRIENTOS ESCOBAR SECRETARIO SECRETARIO ÍNDICE LEGISLATIVO 2 JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA SECRETARIO SECRETARIO REYNALDO QUINTANILLA PRADO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD, Presidente de la República. JUAN ANTONIO MARTINEZ VARELA, Ministro del Interior y de Seguridad Pública. D. O. N° 94 Tomo N° 323 Fecha: 23 de mayo de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO

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