DECRETO N° 806.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo N° 671, de fecha 22 de mayo de 1970, publicado en el Diario Oficial N° 140, Tomo N° 228, del 31 de julio del mismo año, se emitió el Código de Comercio;
II.- Que el Art. 794, inciso 2 del referido Código establece que no producirá efecto de cheque el que contenga raspaduras, testaduras, interlineados o enmiendas;
III.- Que a la fecha existen numerosos talonarios de cheques preimpresos con el año 199, 19 o 1; para colocar en ellos las correspondientes fechas de emisión por parte de los libradores, los cuales no serán utilizados en su totalidad en el año que está por concluir;
IV.- Que en razón de lo establecido en los considerandos anteriores, se hace necesario emitir disposiciones transitorias que permitan a los libradores utilizar los talonarios de cheques preimpresos, sobresaliendo en ellos la expresión A2000" como año de emisión, sin que ello pueda afectar la validez de los títulos valores indicados.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Renato Antonio Pérez, Luis Alberto Cruz, Roberto José D´Aubuisson Munguía y Gerardo Antonio Suvillaga.
DECRETA
LA SIGUIENTE DISPOSICION TRANSITORIA
Art. 1.- Las personas naturales o jurídicas que posean talonarios de cheques en los que aparezcan preimpresos los dígitos 199, 19 o 1, en el espacio destinado para colocar la fecha de emisión, podrán anotar por cualquier medio sobre dichos números los dígitos 2000, podrán ser utilizados durante los primeros tres meses del año 2000, sin que por ello afecte la validez del cheque.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE ÍNDICE LEGISLATIVO 2 RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARÍSTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA DE MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. Francisco Rodolfo Bertrand Galindo, Ministro de Justicia (Ad-honorem) y Ministro de Seguridad Pública. D. O. N° 240 Tomo N° 345 Fecha: 23 de diciembre de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO