DECRETO N° 795.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo N° 183, de fecha 20 de febrero de 1992, publicado en el Diario Oficial N° 45, Tomo 314 del 6 de marzo de 1992, se aprobó la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos;
II.- Que con el propósito de coadyuvar en el funcionamiento de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, es necesario reformar las disposiciones legales que establecen los requisitos que debe cumplir la persona que sea electa para el cargo de Procurador de los Derechos Humanos;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Walter René Araujo Morales,
DECRETA, la siguiente reforma a la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos:
Art. 1.- Sustitúyese el artículo 5 por el siguiente: AArt. 5.- Para ser PROCURADOR se requiere: Ser salvadoreño por nacimiento, del estado seglar, mayor de treinta y cinco años, con grado universitario, de reconocida trayectoria en la promoción, educación y defensa de los derechos humanos y con amplios conocimientos en ese campo, de moralidad y competencia notorias, estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ÍNDICE LEGISLATIVO 2 ELVIA VIOLETA MENJIVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. Francisco Rodolfo Bertrand Galindo, Ministro de Justicia (Ad-honorem) y Ministro de Seguridad Pública. D. O. N° 240 Tomo N° 345 Fecha: 23 de diciembre de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO