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Decreto N° 793 25 Febrero de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 793 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 793 Fecha: 25 Febrero de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 793

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que es facultad de la Asamblea Legislativa conceder indultos según lo establece el artículo 131, numeral 261 de la Constitución de la República;

II.- Que el señor Arturo Ascencio López, solicitó a esta Asamblea Legislativa la concesión de la Gracia de Indulto, a la pena de 13 años de prisión impuesta por delito cometido;

III.- Que diligenciados los trámites y cumplidos los requisitos de ley, se recibió Informe Favorable de la Corte Suprema de Justicia;

IV.- Que después de estudiar y analizar el informe en referencia y la documentación pertinente, esta Asamblea ha estimado procedente conceder la Gracia solicitada;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Angel Gabriel Aguirre Martínez, Julio Angel Sorto, Carlos Alfredo Hernández, Rolando Isabel Portal Rivas, Miguel Angel Requeno García, Pedro Ulises Iraheta, Carlos Egberto Bermúdez y Mauricio Díaz Barrera.

DECRETA:

Art. 1.- Concédese la Gracia de Indulto al señor Arturo Ascencio López de la pena de prisión impuesta por el delito de Robo en perjuicio de Supermercados Selectos Sucursal Centro; así también de las penas accesorias que con ella se hubieren impuesto, inclusive de los derechos políticos contemplados en la Constitución de la República de conformidad a la Sentencia dictada por la Cámara Segunda de lo Penal de la Primera Sección del Centro, a las nueve horas del día veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y uno.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA RUBÉN IGNACIO ZAMORA RIVAS VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS VICEPRESIDENTE ÍNDICE LEGISLATIVO 2 RAÚL MANUEL SOMOZA ALFARO SILVIA GUADALUPE BARRIENTOS ESCOBAR SECRETARIO SECRETARIO JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA SECRETARIO SECRETARIO REYNALDO QUINTANILLA PRADO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD, Presidente de la República. RENE HERNANDEZ VALIENTE, Ministro de Justicia. D. O. N° 40 Tomo N° 322 Fecha: 25 de febrero de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO

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