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Decreto N° 786 27 Agosto de 1981 Asamblea Legislativa

Decreto N° 786 (1981)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA ))) INDICE LEGISLATIVO 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 786 Fecha: 27 Agosto de 1981 Año: 1981

DECRETO N° 786

LA JUNTA REVOLUCIONARIA DE GOBIERNO,

CONSIDERANDO:

I.- Que el 29 de agosto de 1865 fue fusilado el insigne estadista salvadoreño Capitán General Gerardo Barrios, acontecimiento de triste recordación en la historia del país;

II.- Que con el fin de perpetuar en las generaciones presentes y futuras el recuerdo de este esclarecido soldado cuscatleco, es conveniente designar como Día de Conmemoración Nacional, el 29 de agosto de cada año;

POR TANTO,

en uso de las facultades legislativas que le confiere el Decreto N° 1, del 15 de octubre de 1979, publicado en el Diario Oficial N° 191, Tomo 265, de la misma fecha,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase Día de Conmemoración Nacional el 29 de agosto de cada año, en recuerdo de la muerte del ilustre ciudadano Capitán General Gerardo Barrios.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y uno. ING. JOSE NAPOLEON DUARTE. CNEL. E ING. JAIME ABDUL GUTIERREZ. DR. JOSE ANTONIO MORALES EHRLICH. DR. JOSE RAMON AVALOS NAVARRETE. ING. JOSE OVIDIO HERNANDEZ DELGADO, Ministro del Interior. CNEL. JOSE GUILERMO GARCIA, Ministro de Defensa y de Seguridad Pública. D.O. : N° 157 Tomo : N° 272 Fecha : 27 de agosto de 1981 MRA\pch

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