Leyes
Decreto N° 778 8 Febrero de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 778 (1994)

Documento original ↗

Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 778 Fecha: 8 Febrero de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 778

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que por Decreto Legislativo N° 712 del 18 de noviembre de 1993, publicado en el Diario Oficial N° 230, Tomo 321 de fecha 10 de diciembre de 1993, se facultó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda para que suscribiera con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Préstamo hasta por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 2,500.000.00), recursos que se destinarán para financiar un proyecto para mejorar la calidad de la educación profesional, desarrollando aptitudes empresariales en los educandos del nivel medio y optimizar la capacidad instalada de las Instituciones Educativas del mismo;

II.- Que el referido Contrato de Préstamo fue suscrito el 10 de diciembre de 1993, en correspondencia a la autorización conferida por el Decreto Legislativo N° 712 del 18 de noviembre de 1993, emitido por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda;

III.- Que procede aprobar en todas sus partes, el Contrato de Préstamo que ha sido sometido a esta Asamblea, para lo cual se ha dado cumplimiento a lo que establece el Art. 148 de la Constitución de la República;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Art. 1.- Apruébase en todas sus partes el Contrato de Préstamo N° 17-FDS, suscrito el 10 de diciembre de 1993, con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 2,500.000.00), recursos que se destinarán para financiar un proyecto para mejorar la calidad de la educación profesional desarrollando aptitudes empresariales en los educandos del nivel medio y optimizar la capacidad instalada de las Instituciones Educativas del mismo.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los doce días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA RUBÉN IGNACIO ZAMORA RIVAS VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE ÍNDICE LEGISLATIVO 2 MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS VICEPRESIDENTE RAÚL MANUEL SOMOZA ALFARO SILVIA GUADALUPE BARRIENTOS ESCOBAR SECRETARIO SECRETARIO JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA SECRETARIO SECRETARIO REYNALDO QUINTANILLA PRADO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD, Presidente de la República. EDWIN SAGRERA Ministro de Hacienda. D. O. N° 27 Tomo N° 322 Fecha: 8 de febrero de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO

Consulta y descarga de documento oficial

Accedé al archivo PDF original emitido por Asamblea Legislativa.

Fuente original ↗
← Volver al archivo de informes