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Decreto N° 746 10 Julio de 1996 Asamblea Legislativa

Decreto N° 746 (1996)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA ))) INDICE LEGISLATIVO 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 746 Fecha: 10 Julio de 1996 Año: 1996

DECRETO N° 746.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el 29 de abril de 1994, se aprobó el Acuerdo de Reformas a la Constitución, de conformidad a lo establecido en el Art. 248 de la Constitución;

II.- Que el referido Acuerdo reforma el inciso final del Art. 159 de la Constitución, a efecto que la Policía Nacional Civil, tenga además como función, colaborar en el procedimiento de investigación del delito, lo cual es procedente;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales, DECRETA, SANCIONA Y PROMULGA, la reforma constitucional siguiente:

Art. 1.- RATIFICASE el Art. 8 del Acuerdo de Reformas Constitucionales, de fecha 29 de abril de 1994, publicado en el Diario Oficial No. 181, Tomo 324 de fecha 30 de septiembre de 1994, que reforma el inciso final del Art. 159 de la Constitución, así: "Art. 8.- Refórmase el inciso final del Art. 159, así: La Policía Nacional Civil tendrá a su cargo las funciones de policía urbana y policía rural que garanticen el orden, la seguridad y la tranquilidad pública, así como la colaboración en el procedimiento de investigación del delito, y todo ello con apego a la ley y estricto respeto a los Derechos Humanos."
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS PRESIDENTA ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA VICEPRESIDENTA VICEPRESIDENTE JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO SECRETARIO SECRETARIO CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON WALTER RENE ARAUJO MORALES SECRETARIA SECRETARIO RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA SECRETARIO D.O. N° 128 TOMO N° 332 FECHA: 10 de Julio de 1996 AAS/mldeb arpm.

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