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Decreto N° 74 25 Agosto de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 74 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 74 Fecha: 25 Agosto de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 74

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador, como miembro de la Organización Internacional del Trabajo, con fecha 9 de octubre de 1946, adoptó el Convenio No. 78, relativo al Examen Médico de Aptitud para el Empleo de los Menores en Trabajos no Industriales, comprometiéndose con ello a su ratificación;

II.- Que el Convenio a que se hace referencia en el considerando anterior y que podrá ser citado como el Convenio sobre el Examen Médico de los Menores (Trabajos no Industriales), 1946, tiene como finalidad declarar aptos a los menores mediante dichos exámenes para el trabajo en cuestión;

III.- Que dicho Convenio fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante el Acuerdo No. 255, de fecha 12 de abril del corriente año, el cual consta de un preámbulo y 18 artículos;

IV.- Que el citado convenio no contiene ninguna disposición que contraríe la Constitución de la República, siendo procedente su ratificación.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio del Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho; y de conformidad a lo establecido en los Arts. 131, ordinal 7° y 168 ordinal 4° de la Constitución,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio No. 78, denominado "CONVENIO RELATIVO AL EXAMEN MEDICO DE APTITUD PARA EL EMPLEO DE LOS MENORES EN TRABAJOS NO INDUSTRIALES", adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 9 de octubre de 1946, durante su vigésima novena reunión, el cual consta de un preámbulo y 18 artículos y que podrá ser citado como el Convenio sobre el Examen Médico de los Menores (Trabajo no Industriales), 1946; el que fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante el Acuerdo No. 255 de fecha 12 de abril del presente año.
Art. 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, ÍNDICE LEGISLATIVO 2 VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 156 Tomo N° 324 Fecha: 25 de agosto de 1994. adar. ÍNDICE LEGISLATIVO

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