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Decreto N° 690 12 Octubre de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 690 (1999)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 690 Fecha: 12 Octubre de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 690.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Reino de Bélgica relativo al Programa “Apoyo a la Reconstrucción Social y Económica de la Zona Baja del Cerro de Guazapa”, el cual consta de Un Preámbulo, Diez Artículos, Un Anexo 1 relativo a los Órganos de Coordinación y Administración del Programa, Un anexo 2 relativo al Uso de la Contribución Belga y Un anexo 3 concerniente a las Disposiciones relativas a la Asistencia Técnica, fue suscrito en esta ciudad el 1 de julio del corriente año, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila; y, en nombre y representación del Gobierno del Reino de Bélgica, por el Embajador acreditado en el país, Don Michel Delfosse;

II.- Que el objeto del Programa es contribuir a fortalecer en la población oportunidades, capacidades y habilidades empresariales en el marco de un manejo sostenible de sus recursos naturales, para su inserción productiva y social en la sociedad salvadoreña; así como también en el aumento de la rentabilidad de las actividades agrícolas, hortícolas y pecuarias, mediante inversiones y capacitaciones en aspectos de producción, transformación y comercialización de las mismas a mediano y largo plazo; planificación de acciones que enmarcan el manejo sostenible de los recursos hídricos y forestales del Cerro de Guazapa y transformar el área del Puerto San Juan de la ciudad de Suchitoto, para que sea un lugar turístico y apta para las actividades pesqueras en el Lago de Suchitlán;

III.- Que el Acuerdo señalado fue aprobado en todas sus partes por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo N° 834 de fecha 10 de agosto del corriente año y no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Acuerdo entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Reino de Bélgica relativo al Programa “Apoyo a la Reconstrucción Social y Económica de la Zona Baja del Cerro de Guazapa”, el cual consta de Un Preámbulo, Diez Artículos, Un Anexo 1 relativo a los Órganos de Coordinación y Administración del Programa, Un anexo 2 relativo al Uso de la Contribución Belga y Un anexo 3 concerniente a las Disposiciones relativas a la Asistencia Técnica, fue suscrito en esta ciudad el 1 de julio del corriente año, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila; y, en nombre y representación del Gobierno del Reino de Bélgica, por el Embajador acreditado en el país, Don Michel ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Delfosse; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores mediante Acuerdo N° 834 de fecha 10 de agosto del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA GARCIA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJIVAR ESCALANTE JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. María Eugenia Brizuela de Avila, Ministra de Relaciones Exteriores. D. O. N° 189 Tomo N° 345 Fecha: 12 de octubre de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO

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