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Decreto N° 69 6 Enero de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 69 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 69 Fecha: 6 Enero de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 69

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y las Comunidades Europeas, celebraron el Convenio de Financiación denominado "VISITAS DE IMPORTADORES EUROPEOS EN EL SALVADOR", el cual consta de un Preámbulo, una parte relativa a Condiciones Particulares que consta de cinco Artículos, una parte relativa a Condiciones Generales que consta de veinte Artículos y dos Anexos, el primero relativo a las Disposiciones Técnicas y Administrativas y el segundo relativo al Arbitraje, suscrito en esta ciudad, el 6 de enero de 1994;

II.- Que el Convenio en referencia, contribuye subvencionando la financiación del Proyecto NTP/B7- 3011/93/428/925, con la cantidad de TRESCIENTOS MIL ECU, equivalentes al cambio oficial del día, cuyo compromiso tiene como límite el 31 de diciembre de 1995, seleccionándose como productos de exportación las plantas ornamentales y productos agro-alimenticios; lo cual podría ser ampliado en el futuro y que viene a constituir un mayor mercado para la exportación de productos no tradicionales, como los antes señalados, que beneficia al país y que se desarrollará bajo la asistencia técnica Europea;

III.- Que dicho Convenio de Financiación, fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 150 de fecha 28 de febrero del corriente año;

IV.- Que el Convenio a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Financiación, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y las Comunidades Europeas, denominado "VISITA DE IMPORTADORES EUROPEOS EN EL SALVADOR", por un monto de TRESCIENTOS MIL ECU, equivalentes al cambio oficial del día, el cual consta de un Preámbulo, una parte relativa a Condiciones Particulares que consta de cinco Artículos, una parte relativa a Condiciones Generales que consta de veinte Artículos y dos Anexos, el primero relativo las Disposiciones Técnicas y Administrativas y el segundo relativo al Arbitraje, suscrito en esta ciudad, el 6 de enero de 1994; dicho Convenio fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 150 de fecha 28 de febrero del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 160 Tomo N° 324 Fecha: 31 de agosto de 1994. ÍNDICE LEGISLATIVO

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