DECRETO N° 686.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Japón, han celebrado el Canje de Notas relativo a la Ejecución del “Proyecto de Suministro de los Equipos y Materiales para la Reconstrucción del Desastre del Huracán”, que consta de Un Preámbulo, Siete Numerales, Minutas de Acuerdo sobre los Detalles del Procedimiento y Memoria de Discusión, suscrito en esta ciudad el 18 de mayo de 1999, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno del Japón, por el Embajador acreditado ante el país, Don Katsu Iwamoto;
II.- Que los beneficios y efectos del Proyecto son para las zonas que fueron afectadas por el Huracán Mitch, mayormente ubicadas en tierras bajas de la costa salvadoreña, con la rehabilitación de caminos rurales en las áreas de riesgo;
III.- Que el Canje de Notas relacionado fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo N° 729 de fecha 19 de julio del corriente año;
IV.- Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Canje de Notas relativo a la Ejecución del “Proyecto de Suministro de los Equipos y Materiales para la Reconstrucción del Desastre del Huracán”, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Japón, que consta de Un Preámbulo, Siete Numerales, Minutas de Acuerdo sobre los Detalles del Procedimiento y Memoria de Discusión, suscrito en esta ciudad el 18 de mayo de 1999, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno del Japón, por el Embajador acreditado ante el país, Don Katsu Iwamoto; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 729 de fecha 19 de julio del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA GARCIA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJIVAR ESCALANTE JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. María Eugenia Brizuela de Avila, Ministra de Relaciones Exteriores. D. O. N° 189 Tomo N° 345 Fecha: 12 de octubre de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO