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Decreto N° 664 26 Agosto de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 664 (1999)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 664 Fecha: 26 Agosto de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 664.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que la Constitución de la República declara que el derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana, en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión;

II.- Que en cumplimiento a dicha declaración, el Consejo de Ministros autorizó mediante el punto VI, de la sesión número sesenta, de fecha veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve, otorgarle en comodato al Patronato Pro-cultura de El Salvador, un inmueble propiedad del Estado que forma parte de la Hacienda Pública de una extensión superficial de seis mil quinientos veinte punto sesenta y un metros cuadrados, para un plazo de noventa y nueve años y para construir en el mismo un Museo de Arte Moderno;

III.- Que de conformidad al Art. 233, de la Constitución de la República, los bienes raíces de la Hacienda Pública y los de uso público, solo podrán donarse o darse en usufructo, comodato o arrendamiento, con autorización de la Asamblea Legislativa, a entidades de utilidad general;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio del Ministro de Hacienda,

DECRETA:

Art. 1.- Autorízase al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para transferir en calidad de comodato para el plazo de noventa y nueve años, al Patronato Pro-cultura de El Salvador, un inmueble propiedad del Estado, situado sobre la Avenida Revolución y Calle Circunvalación de la Colonia San Benito de San Salvador, de una extensión superficial de seis mil quinientos veinte punto sesenta y un metros cuadrados equivalentes a nueve mil trescientos veintinueve punto sesenta y ocho varas cuadradas, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida La Revolución y Calle Circunvalación, midiendo sobre esta última un rumbo de Norte cincuenta y cuatro grados cero cero minutos cero segundos Este, y una distancia de cincuenta metros se llega a un punto, de donde haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia de diecinueve punto ochenta metros, se llega al esquinero Sur-Oriente del inmueble que se describe, que tiene los rumbos y distancias siguientes: AL SUR, Partiendo del esquinero antes descrito que es el mojón M-seis, compuesto por un solo tramo con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados cero cero minutos cero segundos Oeste y distancia de setenta y cuatro punto noventa y cuatro metros. Se llega al M-siete, lindando por este lado con terreno baldío, Calle Circunvalación de por medio. AL PONIENTE, Partiendo del Mojón M-siete, compuesto por un solo tramo con rumbo Norte cuarenta y seis grados dieciocho punto un minuto Oeste y distancia de setenta y siete punto sesenta y un metros, se llega al mojón M-A lindando por este lado con terreno propiedad del Hotel Presidente. AL NORTE, Partiendo del Mojón M-A, compuesto por tres tramos, con rumbo Norte cincuenta y cuatro grados cero cero minutos cero segundos Este y distancia de sesenta y dos punto cincuenta metros. Se llega al Mojón M-B, ÍNDICE LEGISLATIVO 2 del mojón M-B con rumbo Norte treinta y seis grados cero cero minutos cero segundos Oeste y distancia de cinco punto cero cero metros. Se llega al Mojón M-C con rumbo Norte cincuenta y cuatro grados cero cero minutos cero segundos Este y distancia de treinta y cuatro punto cincuenta metros. Se llega al mojón M-D, lindando por este lado con porción del terreno del cual se desmembra el que se describe. AL ORIENTE. Partiendo del Mojón M-D, compuesto por dos tramos con rumbo Sur setenta y un grados cincuenta y nueve punto tres minutos Este y distancia de veintidós punto sesenta y un metros. Se llega al mojón M-cinco, del Mojón M-cinco con rumbo Sur treinta y cuatro grados cincuenta y uno punto cero minutos Este y distancia de cincuenta y nueve punto ochenta y seis metros. Se llega al Mojón M-seis, donde dio inicio la presente descripción lindando por este lado con terreno propiedad del Teatro Presidente. El terreno así descrito tiene una extensión superficial de seis mil quinientos veinte punto sesenta y un metros cuadrados equivalentes a nueve mil trescientos veintinueve punto sesenta y ocho varas cuadradas.
Art. 2.- Facúltase al Fiscal General de la República o al funcionario que él designe, para que en nombre y representación del Estado de El Salvador, otorgue la escritura pública correspondiente.
Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA DE MENJIVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. Luis Enrique Córdova Macías, Viceministro de Hacienda, Encargado del Despacho. ÍNDICE LEGISLATIVO 3 D. O. N° 157 Tomo N° 344 Fecha: 26 de agosto de 1999 Adar ÍNDICE LEGISLATIVO

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