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Decreto N° 646 3 Marzo de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 646 (1999)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 646 Fecha: 3 Marzo de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 646.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), han celebrado la Enmienda N° 4 al Convenio de Donación AID N° 519-0401, denominado: "APOYO A LA REFORMA DEL SECTOR SOCIAL, la cual consta de Un Preámbulo, Ocho Numerales, Un anexo Adjunto A, Un Adjunto B y Un Adjunto C, que contiene el Anexo III sobre Estipulaciones Generales para el Convenio de Donación del Proyecto, suscrita en esta ciudad el 3 de marzo de 1999, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la entonces Ministra de Educación, Licenciada Abigaíl Castro de Pérez y por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación de la Agencia para el Desarrollo Internacional -AID- por el Director de la Misión, Don Kenneth C. Ellis y por la Embajadora de los Estados Unidos de América acreditada en este país, Doña Anne W. Patterson;

II.- Que el objetivo general del Convenio es brindar asistencia al Gobierno de El Salvador para incrementar el acceso y la calidad de los servicios de educación y salud al mejorar la eficiencia y eficacia en la entrega de éstos;

III.- Que el objetivo específico de esta Enmienda N° 4 es adicionar la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 1,500.000.00), equivalentes al cambio oficial vigente;

IV.- Que la Enmienda N° 4, al Convenio de Donación AID N° 519-0401, fue aprobada en todas sus partes por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo N° 477 de fecha 20 de mayo del corriente año;

V.- Que la Enmienda al Convenio a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 71 de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 41 de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes la Enmienda N° 4 al Convenio de Donación AID N° 519-0401, denominado: "APOYO A LA REFORMA DEL SECTOR SOCIAL, celebrada entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Internacional -AID-, la cual consta de Un Preámbulo, Ocho Numerales, Un anexo Adjunto A, Un Adjunto B y Un Adjunto C, que contiene el Anexo III sobre Estipulaciones Generales para el Convenio de Donación del Proyecto, suscrita en esta ciudad el 3 de marzo de 1999, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la entonces Ministra de Educación, Licenciada Abigaíl Castro de Pérez y por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación de la Agencia para el Desarrollo Internacional -AID- por el Director de la Misión, Don Kenneth C. Ellis y por la Embajadora de los Estados Unidos de América acreditada en este país, Doña Anne W. Patterson; aprobada por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 477 de fecha 20 de mayo del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, uno de julio de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. María Eugenia Brizuela de Avila, Ministra de Relaciones Exteriores. D. O. N° 130 Tomo N° 344 Fecha: 13 de julio de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO

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