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Decreto N° 637 30 Junio de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 637 (1999)

Documento original ↗

Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 637 Fecha: 30 Junio de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 637.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad al Art. 131 ordinal 22 de la Constitución, corresponde a la Asamblea Legislativa la facultad de conceder, a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida;

II.- Que la Villa de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, en la actualidad ha alcanzado notable progreso, debido a que cuenta con todos los servicios públicos, necesarios para el bienestar y el desarrollo de sus habitantes;

III.- Que por lo anterior, la Villa de Tacuba, en el Departamento de Ahuachapán, reúne las condiciones suficientes para mejorar su actual categoría, por la de Ciudad;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Roberto José d=Aubuisson, Marta Lilian Coto de Cuéllar, Alfonso Aristides Alvarenga, René Napoleón Aguiluz, José Antonio Almendariz, Jorge Alberto Barrera, Donald Ricardo Calderón Lam, Carlos Alberto Escobar, Elizardo González Lovo, Jesús Raúl Lara, Alejandro Dagoberto Marroquín, Rubén Orellana Mendoza, Roberto Pacheco, Amado Aguiluz Aguiluz, Pío Segundo Calderón y Jorge Luis Márquez,

DECRETA:

Art. 1.- Otórgase el Título de Ciudad a la Villa de Tacuba, en el Departamento de Ahuachapán.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diez días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ÍNDICE LEGISLATIVO 2 ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. Mario Acosta Oertel, Ministro del Interior. D. O. N° 121 Tomo N° 343 Fecha: 30 de junio de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO

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