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Decreto N° 61 24 Enero de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 61 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 61 Fecha: 24 Enero de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 61

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Económica Europea -CEE-, celebraron el Convenio de Financiación (ALA AC/RR/15/93), denominado "PROGRAMA DE CREACION DE EMPLEO EN EL SECTOR INFORMAL DE SAN SALVADOR", por un monto de CUATRO MILLONES ECU, equivalentes al cambio oficial del día, el cual consta de un Preámbulo, Catorce Artículos y un Anexo I relativo a la "Descripción del Proyecto y Modalidades Particulares de Financiación y Realización", suscrito en esta ciudad el 24 de enero de 1994, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la entonces Ministra de Planificación del Desarrollo Económico y Social, Licenciada Mirna Liévano de Marquez, y en nombre y representación de la Comunidad Económica Europea - CEE-, por un miembro de la Comisión, señor Juan Prat, Director General de Relaciones Norte/Sur;

II.- Que dicho Programa está enmarcado dentro de la política de ayuda a favor de los refugiados, desplazados y repatriados de los países en vías de desarrollo, especialmente dirigido a la población que habita en las zonas marginales de San Salvador;

III.- Que dicho Convenio de Financiación (ALA AC/RR/15/93), fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 13 de fecha 6 de junio del corriente año;

IV.- Que el Convenio a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Financiación (ALA/RR/15/93), celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Económica Europea -CEE-, denominado "PROGRAMA DE CREACION DE EMPLEO EN EL SECTOR INFORMAL DE SAN SALVADOR", por un monto de CUATRO MILLONES ECU, equivalentes al cambio oficial del día, el cual consta de un Preámbulo, Catorce Artículos y un Anexo I relativo a la "Descripción del Proyecto y Modalidades Particulares de Financiación y Realización", suscrito en esta ciudad el 24 de enero de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por la entonces Ministra de Planificación del Desarrollo Económico y Social, ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Licenciada Mirna Liévano de Marquez, y en nombre y representación de la Comunidad Económica Europea -CEE-, por un miembro de la Comisión, señor Juan Prat, Director General de Relaciones Norte/Sur; dicho Convenio fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 13 de fecha 6 de junio de año en curso.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 160 Tomo N° 324 Fecha: 31 de agosto de 1994. ÍNDICE LEGISLATIVO

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