DECRETO N° 593.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo N° 224 de fecha 4 de febrero de 1998, publicado en el Diario Oficial N° 33, Tomo N° 338 del 18 de febrero del mismo año, se ratificó en todas sus partes el Programa de Cooperación Financiera Hispano-Salvadoreña, suscrito en esta ciudad el 14 de noviembre de 1997, por medio del cual el Reino de España puso a disposición del Gobierno de la República de El Salvador, facilidades financieras concesionales y en condiciones comerciales hasta por un monto de VEINTE MIL MILLONES DE PESETAS (Pes. 20,000,000,000.00);
II.- Que la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), suscribió el día 11 de diciembre de 1998, el Contrato N° 1/98 ANDA - Unión Temporal de Empresas “Diseño, Provisión de Equipos y Ejecución de Obras del Proyecto de Ampliación y Mejoras de la Planta de Tratamiento del Sistema Río Lempa”, por un monto de VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS VEINTE 90/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$29,990,720.90), con “ICASUR, S.A; ISOLUX WAT, S.A; HIDROMECANICA EXTREMEÑA, S.A; UNION TEMPORAL DE EMPRESAS U.T.E. LEY 18/98", correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 28/98;
III.- Que con el objeto de financiar el Contrato de Ejecución de Obras referido, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ha realizado gestiones ante el Banco Bilbao Vizcaya, S.A (BBV) y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), para que le sean otorgados a la ANDA, dos préstamos hasta por un monto de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA 45/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $14,995,360.45), cada uno, más el 50% del importe de la prima CESCE, dichos contratos de préstamo serán garantizados por el Estado y Gobierno de la República de El Salvador, a través del Ministerio de Hacienda;
IV.- Que en razón de lo antes expuesto, es conveniente autorizar al Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que garantice las obligaciones que contraerá la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), con el Banco Bilbao Vizcaya, S.A (BBV) y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO);
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda,
DECRETA:
Art. 1.- Autorízase al Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su Titular o del Representante que él designe, garantice en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador, las obligaciones que contraerá la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), ÍNDICE LEGISLATIVO 2 con el Banco Bilbao Vizcaya, S.A (BBV) y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), sujeta a las condiciones y estipulaciones siguientes: BANCO BILBAO VIZCAYA, S.A (BBV) MONTO: Hasta CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $14,995,360.45), más el 50% del importe de la prima de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE); PLAZO: Siete (7) años; INTERESES: Se devengarán intereses fijos al tipo vigente en España, de acuerdo con el consenso de la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico (O.C.D.E) a fijarse en el momento de la formalización del Crédito. Actualmente es de 5.45 % anual; FORMA DE PAGO: Mediante catorce (14) cuotas semestrales; INTERESES POR MORA: Se pagará un interés de demora cuyo tipo será el que resulte de incrementar en un punto el tipo de interés aplicado al crédito; DESTINO: Los fondos provenientes de este préstamo serán utilizados exclusivamente para cofinanciar el proyecto “Diseño, Provisión de Equipo y Ejecución de Obras del Proyecto de Ampliación y Mejoras de la Planta de Tratamiento del Sistema Río Lempa”; INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA (ICO) MONTO: Hasta CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $14,995,360.45), más el 50% del importe de la prima de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE); PLAZO: Treinta (30) años, incluyendo un período de gracia de diez (10) años; INTERESES: Uno por ciento (1%) anual sobre saldos deudores; INTERESES POR MORA: Equivalente al LIBOR del dólar de USA, a seis (6) meses vigente el día del vencimiento tomado por el ICO, como la tasa media de la pantalla Reuter, e incrementando en un (1) punto porcentual; ÍNDICE LEGISLATIVO 3 FORMA DE PAGO: Mediante 41 semestralidades iguales, siendo el vencimiento de la primera cuota del principal a los 120 meses, contados a partir de la entrada en vigor del Convenio; COMISIÓN DE GESTIÓN: Cero punto veinticinco por ciento (0.25%) al importe total del crédito; COMISIÓN DE DISPONIBILIDAD: Cero punto veinticinco por ciento (0.25%) anual a todos los importes que no hayan sido utilizados durante el período de disponibilidad, a partir de 3 meses de entrada en vigor del Convenio; DESTINO: Los fondos provenientes de este préstamo, serán utilizados exclusivamente para cofinanciar el Proyecto “Diseño, Provisión de Equipo y Ejecución de Obras del Proyecto de Ampliación y Mejoras de la Planta de Tratamiento del Sistema Río Lempa”.
Art. 2.- La Garantía que otorgue el Estado y Gobierno de la República de El Salvador y los Contratos de Préstamo que suscriba la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), de conformidad con el presente Decreto, deberán de someterse a la aprobación de esta Asamblea Legislativa para su validez.
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ÍNDICE LEGISLATIVO 4 PUBLÍQUESE, ARMANDO CALDERÓN SOL, Presidente de la República. Manuel Enrique Hinds Cabrera, Ministro de Hacienda. D. O. N° 84 Tomo N° 343 Fecha: 7 de mayo de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO