DECRETO N° 593.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO: I.- Que la salud de los habitantes de la República constituye un bien público y que las personas y el Estado, están obligados a velar por su conservación y restablecimiento, debiendo éste último determinar la política nacional de salud y controlará y supervisará su aplicación; II.- Que los medios preventivos de accidentes de trabajo adoptados en los centros laborales, constituyen una forma idónea para mantener la salud de las personas que en ellos prestan sus servicios, manteniéndolos alejados de los riesgos ocupacionales y por consiguiente en condiciones adecuadas para la prestación de servicios;
III.- Que en esta tarea se encuentran coincidiendo esfuerzos y recursos tanto del sector gubernamental, como de los sectores empresarial y trabajadores a efecto de reducir también las enfermedades profesionales, y con el propósito de incentivar éstos a fin de fortalecer todas aquellas acciones encaminadas a proteger a la persona que hace posible la productividad, es conveniente declarar un día especial denominado "DIA DE LA SALUD OCUPACIONAL";
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Luis Roberto Angulo Samayoa, Ludovico Rolando Samayoa Escrich y José Rafael Machuca.
DECRETA:
Art. 1.- Declárase el día dieciséis de octubre de cada año "DIA DE LA SALUD OCUPACIONAL".
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los once días del mes de Octubre de mil novecientos noventa. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA, JULIO ADOLFO REY PRENDES, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. MAURICIO ZABLAH, MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, SECRETARIO. SECRETARIO. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 RAUL MANUEL SOMOZA ALFARO, NESTOR ARTURO RAMIREZ PALACIOS, SECRETARIO. SECRETARIO. DOLORES EDUVIGES HENRIQUEZ, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos noventa. PUBLIQUESE, ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD, Presidente de la República. MAURICIO GONZALEZ DUBON, Ministro de Trabajo y Previsión Social. D. O. N° 245 TOMO N° 309 FECHA: 22 de octubre de 1990 ldr.