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Decreto N° 59 27 Julio de 2000 Asamblea Legislativa

Decreto N° 59 (2000)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 59 Fecha: 27 Julio de 2000 Año: 2000

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DECRETO No. 59.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo al acceso y al uso de las instalaciones del Aeropuerto Internacional El Salvador por los Estados Unidos de América para el Control Aéreo de la Narcoactividad, que consta de Un Índice, Un Preámbulo y Veinticuatro Artículos, fue suscrito en esta ciudad, el 31 de marzo del corriente año, firmado en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila; y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América, por el Negociador Especial para Asuntos del Hemisferio Occidental, Don Richard C. Brown;

II.- Que el aludido Acuerdo de Cooperación ha sido celebrado con el propósito de intensificar la colaboración para la detección, monitoreo, localización y control de narcoactividad ilegal, tal como se ha previsto en instrumentos internacionales legales y políticos como la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988, del cual ambos gobiernos son Estado Parte y el Plan de Acción de la Cumbre de las Américas de 1998, entre otros;

III.- Que para una mejor aplicación de este Acuerdo, es necesario que las Partes coadyuven a que nuestro Aeropuerto reúna los requisitos y condiciones para obtener la calificación uno de la Agencia Federal de Aviación de los Estados Unidos de América, para la seguridad aérea de las operaciones civiles y militares, como de las personas que participarán en los mismos; además para los pasajeros nacionales y extranjeros;

IV.- Que el relacionado Acuerdo fue aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 399 de fecha 25 de abril del corriente año y no contiene disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio de la Ministra de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 71 de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 41 de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo al acceso y al uso de ════════════════════════════════════════════════════════════ 2 ════════════════════════════════════════════════════════════ las instalaciones del Aeropuerto Internacional El Salvador por los Estados Unidos de América para el Control Aéreo de la Narcoactividad, que consta de Un Índice, Un Preámbulo y Veinticuatro Artículos, suscrito en esta ciudad, el 31 de marzo del corriente año, firmado en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila; y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América, por el Negociador Especial para Asuntos del Hemisferio Occidental, Don Richard C. Brown; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 399 del 25 de abril del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los seis días del mes de julio del año dos mil. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. WALTER RENE ARAUJO MORALES, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, SECRETARIA. SECRETARIO. ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, WILLIAM RIZZIERY PICHINTE, SECRETARIO. SECRETARIO. RUBEN ORELLANA, AGUSTIN DIAZ SARAVIA, SECRETARIO. SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de julio del año dos mil. PUBLIQUESE, FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Presidente de la República. María Eugenia Brizuela de Avila, Ministra de Relaciones Exteriores. D. O. N° 141 Tomo N° 348 Fecha: 27 de julio de 2000. Adar Ngc 01/09/23 ════════════════════════════════════════════════════════════

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