DECRETO No. 585.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo N° 469 de fecha 18 de febrero de 1993, publicado en el Diario Oficial N° 127, Tomo 320 del 7 de julio de 1993, se ratificó en todas sus partes los Acuerdos relativos a la Reducción de Ciertas Deudas Relacionadas con la Asistencia Externa y con la Agricultura pagaderas al Gobierno de los Estados Unidos de América y a sus Organismos, suscritos el 15 de diciembre de 1992;
II.- Que el día 18 de junio de 1992, se suscribió de conformidad al Decreto Legislativo N° 469 referido anteriormente el Acuerdo relativo al Establecimiento del Fondo y del Consejo Administrativo de la Iniciativa para las Américas entre los Gobiernos de la República de El Salvador y los Estados Unidos de América, con el objeto de promover las actividades destinadas a preservar, proteger o gestionar los recursos naturales y biológicos de la República de El Salvador de manera sustentable y ecológicamente acertada, al mismo tiempo que se fomenta la supervivencia y el progreso de los niños en El Salvador;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda y de conformidad al Art. 131 ordinal 7o. de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4o. de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Acuerdo relativo al Establecimiento del Fondo y del Consejo Administrativo de la Iniciativa para las Américas, suscrito el 18 de junio de 1993 entre los Gobiernos de la República de El Salvador y los Estados Unidos de América, con el objeto de promover las actividades destinadas a preservar, proteger o gestionar los recursos naturales y biológicos de la República de El Salvador de manera sustentable y ecológicamente acertada, al mismo tiempo que se fomenta la supervivencia y el progreso de los niños en El Salvador.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA RUBEN IGNACIO ZAMORA RIVAS VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE 2 MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS VICEPRESIDENTE RAUL MANUEL SOMOZA ALFARO SILVIA GUADALUPE BARRIENTOS ESCOBAR SECRETARIO SECRETARIO JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA SECRETARIO SECRETARIO REYNALDO QUINTANILLA PRADO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres. PUBLIQUESE, ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD, Presidente de la República. EDWIN SAGRERA, Ministro de Hacienda. D. O. N° 199 TOMO N° 321 FECHA : 26 de Octubre de 1993. JOAPN\zepd arpm. DISPOSICIÓN RELACIONADA: RÉGIMEN FISCAL APLICABLE AL FIDEICOMISO RÍO LEMPA D. L. N° 177, 17 DE DICIEMBRE DE 2024; D. O. N° 242, T. 445, 18 DE DICIEMBRE DE 2024. AJA 10/01/25