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Decreto N° 58 28 Enero de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 58 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 58 Fecha: 28 Enero de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 58

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que los Gobiernos de El Salvador y Colombia celebraron el Canje de Notas Constitutivo de un Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente, entre ambos países, suscrito en esta ciudad el 28 de enero del corriente año, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel Angel Salaverría A., juntamente con la señora Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, Doña Noemi Sanin de Rubio, el cual consta de un Preámbulo y seis numerales;

II.- Que la Comisión Binacional Permanente será la instancia y el foro de negociación bilateral en la que se definirán los lineamientos generales de colaboración, cooperación y complementación entre ambos Gobiernos;

III.- Que el Canje de Notas Constitutivo de un Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente arriba mencionado, fue aprobado en todas sus partes por el Órgano ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 226 de fecha 23 de marzo del año en curso;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad con el Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Canje de Notas Constitutivo de un Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente, celebrado entre los Gobiernos de las Repúblicas de El Salvador y Colombia, suscrito en la ciudad de San Salvador, el 28 de enero de 1994, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador, por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel Angel Salaverría A., juntamente con la Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, Doña Noemi Sanin de Rubio, el cual consta de un Preámbulo y seis numerales; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 226 de fecha 23 de marzo del año en curso.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 152 Tomo N° 324 Fecha: 19 de agosto de 1994 ÍNDICE LEGISLATIVO

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