DECRETO N° 567
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que de conformidad con el Artículo 131, ordinal 22º de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano de Estado conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.
II.- Que el Artículo 6, literal c) de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, establece que la distinción honorífica de Notable, podrá otorgarse a personas salvadoreñas o extranjeras residentes, cuando los servicios o aportes que se hayan brindado a la Patria, estén relacionados con la difusión y el aprovechamiento de la ciencia, el arte, la cultura, la educación y el deporte o cualquiera otra forma de servicio altruista o colectivo; de un modo tal, que represente un innegable beneficio para el Estado salvadoreño o sus habitantes.
III.- Que el Doctor José Nicolás Astacio Soria, nacido el 22 de octubre de 1928, en el Departamento de Sonsonate, y graduado como Doctor en Medicina de la Facultad de Medicina de la Universidad de El Salvador, en 1955, es un eminente médico y patólogo, que se ha dedicado por más de cincuenta años a la formación de profesionales de la salud y a la investigación en la rama de la Patología.
IV.- Que el Doctor Astacio Soria, autor de varias publicaciones científicas, que han sido reconocidas por entidades nacionales e internacionales, con reconocimientos, debido a su alto valor, fue nombrado, entre otros, Médico del Año 2000, Profesor Emérito del Instituto Salvadoreño del Seguro Social; y que actualmente, se desempeña como Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad “Dr. José Matías Delgado” y como Presidente del Comité Directivo de la Fundación “Benjamín Bloom”.
V.- Que en virtud de los méritos antes expuestos es procedente declarar al Doctor José Nicolás Astacio Soria “Notable Médico de El Salvador”, en reconocimiento a los servicios relevantes prestados a la Patria en el área de la Medicina. POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Federico Guillermo Ávila Qüehl, Ernesto Antonio Angulo Milla, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Mario Antonio Ponce López, Rafael Eduardo Paz Velis, Patricia María Salazar Mejía, Mario Eduardo Valiente Ortiz y Donato Eugenio Vaquerano Rivas; y con el apoyo a la misma de los Diputados: Alberto Armando Romero Rodríguez, Roberto José d'Aubuisson Munguía, Félix Ágreda Chachagua, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Lucía del Carmen Ayala de León, Margarita Escobar, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Eduardo Antonio Gomar Morán, Misael Mejía Mejía, Rafael Ricardo Morán Tobar, Mariela Peña Pinto, Carlos Armando Reyes Ramos, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Misael Serrano Chávez, Manuel Rigoberto Soto Lazo, Enrique Alberto Luis Valdés Soto y Patricia Elena Valdivieso de Gallardo.
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2
DECRETA:
Art. 1.- Declárase al Doctor José Nicolás Astacio Soria, “Notable Médico de El Salvador”, en reconocimiento a los servicios relevantes prestados a la Patria en el área de la Medicina.
Art. 2.-El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil once. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 3 Humberto Centeno Najarro, Ministro de Gobernación. D. O. N° 8 Tomo N° 390 Fecha: 12 de enero de 2011. CGC/adar 2-2-2011