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Decreto N° 567 15 Febrero de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 567 (1999)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 567 Fecha: 15 Febrero de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 567.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Convenio de Financiación N° SLV/B7-311/IB/97/0337 entre la Comisión de las Comunidades Europeas y el Gobierno de la República de El Salvador, denominado: AProyecto de Fortalecimiento de las Exportaciones a la Comunidad Europea (Fase II), el cual consta de Un Preámbulo, Seis Artículos, Un Anexo 1 que contiene las Cláusulas Generales y Un Anexo 2 que contiene las Disposiciones Técnicas y Administrativas; y, el Canje de Notas que contiene el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación N° SLV/B7/311/IB/97/0337, fueron suscritos en esta ciudad el 11 de junio de 1997 y el 3 de diciembre de 1998, respectivamente, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Economía, Licenciado Eduardo Zablah Touché; y, en nombre y representación de la Comisión de las Comunidades Europeas por su representante debidamente autorizado;

II.- Que el propósito del Proyecto de Fortalecimiento arriba relacionado, es brindar una donación por SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ECU (ECU 695,000.00) equivalentes al cambio oficial vigente, a efecto de fortalecer el apoyo a la Corporación de Exportadores de El Salvador (COEXPORT) para reforzar las acciones encaminadas a desarrollar una estrategia nacional de fomento a las exportaciones;

III.- Que el Addendum N° 1 a dicho Convenio tiene por finalidad sustituir en la 5a. página del Anexo 2, numeral 4.4, penúltima línea, la palabra Aguatemalteco por Asalvadoreño;

IV.- Que el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdos Nos. 117 y 118 de fecha 15 de febrero de 1999, aprobó en todas sus partes el Convenio de Financiación y el Addendum N° 1 al mismo; y, que ambos instrumentos no contienen ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 71 de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 41 de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícanse en todas sus partes el Convenio de Financiación N° SLV/B7-311/IB/97/0337 entre la Comisión de las Comunidades Europeas y el Gobierno de la República de El Salvador, denominado: AProyecto de Fortalecimiento de las Exportaciones a la Comunidad Europea (Fase II), el cual consta de Un Preámbulo, Seis Artículos, Un Anexo 1 que contiene las Cláusulas Generales y Un Anexo 2 que contiene las ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Disposiciones Técnicas y Administrativas; y, el Canje de Notas que contiene el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación N° SLV/B7/311/IB/97/0337, fueron suscritos en esta ciudad el 11 de junio de 1997 y el 3 de diciembre de 1998, respectivamente, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Economía, Licenciado Eduardo Zablah Touché; y, en nombre y representación de la Comisión de las Comunidades Europeas por su representante debidamente autorizado; aprobados por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante los Acuerdos Nos. 117 y 118 de fecha 15 de febrero de 1999.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, ARMANDO CALDERÓN SOL, Presidente de la República. Ramón Ernesto González Giner, Ministro de Relaciones Exteriores D. O. N° 73 Tomo N° 343 Fecha: 22 de abril de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO

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