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Decreto N° 565 3 Mayo de 1999 Asamblea Legislativa

Decreto N° 565 (1999)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 565 Fecha: 3 Mayo de 1999 Año: 1999

DECRETO N° 565.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que la República de El Salvador, es socio participante del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), de acuerdo al Convenio de Creación, suscrito en la Ciudad de Bretton Woods, New Hampshire, Estados Unidos de América, el 22 de julio de 1944 y ratificado por Decreto Legislativo N° 276, de fecha 21 de diciembre de 1945, publicado en el Diario Oficial N° 284, Tomo N° 139 del 27 de diciembre de ese mismo año;

II.- Que el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, actualmente ejecuta el “Programa de Información para el Desarrollo (infoDev.)” a nivel global, a lo cual la República de El Salvador, debe de contribuir al desarrollo y financiamiento de dicho Programa, debiendo aportar la cantidad de CIEN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$100,000.00), a fin de que se ejecute el mencionado Programa;

III.- Que es conveniente apoyar al BIRF, para que lleve a cabo las actividades globales de información para el desarrollo, creando el fondo de fideicomiso para dichos fines, por lo que procede autorizar al Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que efectúe la aportación correspondiente;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda,

DECRETA:

Art. 1.- Autorízase al Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que aporte en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador, la cantidad de CIEN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $100,000.00), en calidad de donación, al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), para que dicho Banco, lleve a cabo las actividades concernientes al “Programa de Información para el Desarrollo (infoDev.)”.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE ÍNDICE LEGISLATIVO 2 RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, ARMANDO CALDERÓN SOL, Presidente de la República. Manuel Enrique Hinds Cabrera, Ministro de Hacienda. D. O. N° 80 Tomo N° 343 Fecha: 3 de mayo de 1999 adar ÍNDICE LEGISLATIVO

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