Leyes
Decreto N° 536 9 Diciembre de 2010 Asamblea Legislativa

Decreto N° 536 (2010)

Documento original ↗

Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 536 Fecha: 9 Diciembre de 2010 Año: 2010

DECRETO N° 536

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que la Alcaldía Municipal de Quezaltepeque, del Departamento de La Libertad, en el marco de la celebración de sus fiestas patronales en honor a su patrón San José Obrero, llevará a cabo la presentación del Grupo Venezolano “Los Guaraguao”, a realizarse el día 12 de diciembre del presente año.

II.- Que asimismo, y aprovechando la presencia del referido grupo musical, también se presentarán en otros lugares del país, eventos que no tienen fines de lucro, pues estos tienen carácter eminentemente culturales.

III.- Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución de la República, y con el objeto de contribuir al éxito de dichos eventos, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar dichas presentaciones.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Inmar Rolando Reyes y Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza.

DECRETA:

Art. 1.- Exonérase a la Alcaldía Municipal de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que puedan causar las presentaciones en el país del Grupo Venezolano “Los Guaraguao”, a realizarse del 9 al 20 de diciembre del presente año; según la calendarización siguiente: 10 de diciembre del presente año en el Municipio de Comasagua, Departamento de La Libertad; 11 de diciembre en San Sebastián Salitrillo, Departamento de Santa Ana; 12 de diciembre en el Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, 16 de diciembre en Panchimalco, Departamento de San Salvador, 17 de diciembre en Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador; 18 de diciembre en la ciudad de La Unión, departamento del mismo nombre; y el 19 de diciembre en la ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz. La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de dicha Municipalidad, deberán presentar a esta Asamblea, un informe debidamente auditado sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil diez. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Juan Ramón Carlos Enrique Cáceres Chávez, D. O. N° 231 Ministro de Hacienda. Tomo N° 389 Fecha: 9 de diciembre de 2010. CGC/adar 21-12-2010

Consulta y descarga de documento oficial

Accedé al archivo PDF original emitido por Asamblea Legislativa.

Fuente original ↗
← Volver al archivo de informes