DECRETO N° 527.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que el Addendum al Acuerdo de Cooperación de la Primera Fase del Proyecto de Control y Estudio de Calidad de las Aguas -CESCA-, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de Suiza, fue suscrito en esta ciudad el 30 de septiembre de 1998, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Doctor Eduardo Interiano y en nombre y representación del Gobierno de Suiza, por el Encargado de Negocios de la Embajada de ese país ante El Salvador, Don Hans Ruedi Bortis, el cual consta de Un Preámbulo y de Trece Cláusulas Modificadas, de las Diecisiete, que integran el Acuerdo de Cooperación antes relacionado;
II.- Que el objetivo general del Proyecto CESCA plantea complementar las acciones del Programa de Control de Calidad de Agua y de Vertidos, actualmente ejecutado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la Organización Panamericana de Salud -OPS/OMS-, y fortalecer el funcionamiento y manejo del Laboratorio de ese Ministerio y de un laboratorio descentralizado; con el propósito de que los mismos se afiancen como referencia nacional para los análisis de aguas;
III.- Que el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones aprobó en todas sus partes el Addendum relacionado, a través del Acuerdo N° 1056 de fecha 14 de diciembre de 1998; y, que no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Addendum al Acuerdo de Cooperación de la Primera Fase del Proyecto de Control y Estudio de Calidad de las Aguas -CESCA-, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de Suiza, suscrito en esta ciudad el 30 de septiembre de 1998, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Doctor Eduardo Interiano y en nombre y representación del Gobierno de Suiza, por el Encargado de Negocios de la Embajada de ese país ante El Salvador, Don Hans Ruedi Bortis, el cual consta de Un Preámbulo y de Trece Cláusulas Modificadas, de las Diecisiete, que integran el Acuerdo de Cooperación antes relacionado; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante el Acuerdo N° 1056 de fecha 14 de diciembre de 1998.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los trece días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. JUAN DUCH MARTÍNEZ PRESIDENTE GERSON MARTÍNEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJÍVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. PUBLÍQUESE, ARMANDO CALDERÓN SOL, Presidente de la República. Ramón Ernesto González Giner, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 31 Tomo N° 342 Fecha: 15 de febrero de 1999 adar. ÍNDICE LEGISLATIVO