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Decreto N° 522 20 Diciembre de 2007 Asamblea Legislativa

Decreto N° 522 (2007)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 522 Fecha: 20 Diciembre de 2007 Año: 2007

DECRETO N° 522

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el Art. 131, ordinal 11º de la Constitución de la República, es facultad de esta Asamblea Legislativa decretar, de una manera general, beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la promoción de actividades culturales, científicas y de cualquier otra índole.

II. Que, a través de los siglos, la memoria histórica de los pueblos y del ser humano, así como el acervo cultural que engloba todas las ramas de las ciencias y de las artes, ha sido perpetuado en los libros, cuyo resguardo se ha consolidado en los recintos bibliotecarios, protegiéndoles del paso del tiempo, manteniendo incólume el puente que une la sabiduría de los antiguos y el conocimiento moderno y contemporáneo; herencia humanista sobre la cual se sustenta la sociedad actual.

III. Que la transmisión del saber científico y espiritual, así como la formación del carácter se consolidan, en gran medida, a través del estudio y la lectura, las cuales sin duda son veneros de donde emanan el progreso y la paz de los pueblos; ya que una sociedad culta está mejor preparada para conducir su destino, y es la oportunidad de conocer la verdad la que nos saca del oscurantismo haciéndonos libres.

IV. Que, en razón de lo anterior, y siendo facultad de este Órgano del Estado, es procedente emitir un Decreto Legislativo declarando el año 2008 como “Año de la Lectura y de las Bibliotecas”, siendo el mismo propicio por cumplirse 50 años de la fundación de la Asociación de Bibliotecarios de El Salvador; todo con el propósito de estimular el desarrollo de las bibliotecas e incentivar el hábito de la lectura en la población salvadoreña.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Roberto José d’Aubuisson Munguía y Carmen Elena Calderón Sol de Escalón.

DECRETA:

Art. 1.- Declárase el año 2008, como “AÑO DE LA LECTURA Y DE LAS BIBLIOTECAS”, con el propósito de estimular el desarrollo de las bibliotecas y propiciar el hábito de la lectura en la población salvadoreña.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 DADO EN SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete. RUBÉN ORELLANA, PRESIDENTE. ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR, SECRETARIO. SECRETARIO. JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ, SECRETARIO. SECRETARIO. ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS, SECRETARIA. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los viente días del mes de diciembre del año dos mil siete. PUBLIQUESE, ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República, Juan Miguel Bolaños Torres, Ministro de Gobernación. D. O. N° 238 Tomo N° 377 Fecha: 20 de diciembre de 2007. CGC/Adar

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