Leyes
Decreto N° 49 14 Julio de 2009 Asamblea Legislativa

Decreto N° 49 (2009)

Documento original ↗

Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 49 Fecha: 14 Julio de 2009 Año: 2009

DECRETO N° 49

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad al Artículo 131, ordinal 22º de la Constitución, es facultad de este Órgano del Estado, conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.

II. Que en base a los Artículos 6, literal b) de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, se establece que la nominación de “Distinguido”, será otorgada a personas salvadoreñas, cuando los servicios o aportes que se hayan brindado a la Patria, estén relacionados con la difusión y aprovechamiento de la ciencia, el arte, la cultura, la educación o cualquiera otra forma de servicio altruista o colectivo, de un modo tal que represente un innegable beneficio para el Estado salvadoreño y sus habitantes.

III. Que el pintor salvadoreño Antonio García Ponce, se ha destacado como un artista de grandes méritos, en el desarrollo de las artes plásticas y ha recibido estudios de pintura y dibujo a nivel internacional, así como participado en un sin número de colecciones públicas y privadas, tanto del territorio nacional como a nivel internacional, poniendo en alto el nombre de El Salvador, por lo que es procedente reconocer sus habilidades artísticas. POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Rodolfo Antonio Parker Soto, Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Roberto José d'Aubuisson Munguía, Santos Guevara Ramos, Julio Milton Parada Domínguez, Luis Roberto Ángulo Samayoa, Douglas Leonardo Mejia Avilés, Juan Duch Martínez, Miguel Elías Ahues Karra, Ernesto Antonio Angulo Milla, Federico Guillermo Avila Qüehl, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Valentín Arístides Corpeño, Cesar René Florentín Reyes Dheming, Cesar Humberto García Aguilera, Eduardo Antonio Gomar Moran, José Armando Grande Peña, José Nelson Guardado Menjívar, Jaime Ricardo Handal Samayoa, Mario Marroquín Mejía, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Heidy Carolina Mira Saravia, Rafael Eduardo Paz Velis, Mariela Peña Pinto, Carlos Armando Reyes Ramos, David Ernesto Reyes Molina, Santos Adelmo Rivas Rivas, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Manuel Rigoberto Soto Lazo, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Boris Geovanni Torres Hernández, Patricia Elena Valdivieso de Gallardo, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Donato Eugenio Vaquerano Rivas y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez.

DECRETA:

Art. 1.- Declárase al pintor salvadoreño Antonio García Ponce, como “DISTINGUIDO PINTOR SALVADOREÑO”, por sus relevantes méritos en las artes plásticas.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil nueve. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, SECRETARIA. SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, SECRETARIO. SECRETARIA. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, SECRETARIO. SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes de julio del año dos mil nueve. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Humberto Centeno Najarro, Ministro de Gobernación. D. O. N° 130 Tomo N° 384 Fecha: 14 de julio de 2009. CGC/Adar 19-8-2009

Consulta y descarga de documento oficial

Accedé al archivo PDF original emitido por Asamblea Legislativa.

Fuente original ↗
← Volver al archivo de informes