DECRETO N° 420
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que la Iglesia KEMUEL “Levantados por Dios”, es una entidad de interés particular y religiosa, cuyos objetivos entre otros, son predicar el Evangelio de Salvación a toda criatura que pueda ser alcanzada por la iglesia, así como buscar la integridad de las personas que la conforman.
II.- Que para el logro de sus objetivos presentarán en el país al Salmista Marcos Witt, quien participará en el evento denominado “Noches de Alabanza”, a realizarse el 24 de julio del presente año, en el Centro Internacional de Ferias y Convenciones.
III.- Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución dela República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar la realización del evento en mención.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de de los Diputados César René Florentín Reyes Dheming, Patricia Elena Valdivieso de Gallardo y Ernesto Antonio Angulo Milla.
DECRETA:
Art. 1.- Exonérase a la Iglesia KEMUEL “Levantados por Dios”, del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la presentación en el país del Salmista Marcos Witt, en el evento denominado “Noches de Alabanza”, a realizarse el 24 de julio del presente año, en el Centro Internacional de Ferias y Convenciones. La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de la mencionada Iglesia, deberán presentar a esta Asamblea dentro de los 45 días posteriores al evento, un informe debidamente auditado de los fondos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince días del mes de julio del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil diez. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Juan Ramón Carlos Enrique Cáceres Chávez, Ministro de Hacienda. D. O. N° 148 Tomo N° 388 Fecha: 12 de agosto de 2010. CGC/adar. 3-9-2010