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Decreto N° 402 20 Julio de 2010 Asamblea Legislativa

Decreto N° 402 (2010)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 402 Fecha: 20 Julio de 2010 Año: 2010

DECRETO N° 402

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con el artículo 131, ordinal 22º de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano de Estado conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.

II.- Que el artículo 6, literal c) de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, establece que las distinciones honoríficas de Notable y Distinguido o Distinguida, en su orden de relevancia, podrán otorgarse a personas salvadoreñas o extranjeras residentes, cuando los servicios o aportes que se hayan brindado a la Patria, estén relacionados con la difusión y el aprovechamiento de la ciencia, el arte, la cultura, la educación y el deporte o cualquiera otra forma de servicio altruista o colectivo; de un modo tal que represente un innegable beneficio para el Estado salvadoreño o sus habitantes.

III.- Que la señora Cruz del Carmen de Paz viuda de Lobos, nacida el 14 de septiembre de 1926, en San Juan Opico, Departamento de La Libertad, el 18 de abril del año 2010, a la edad de 84 años, logró materializar su más anhelado sueño, al graduarse de Bachiller General, dando de esta manera una enseñanza a la sociedad salvadoreña de que la educación no tiene edad ni fronteras, sino que basta con poseer valores como la diligencia, perseverancia y entusiasmo para alcanzar los propósitos.

IV.- Que doña Cruz del Carmen de Paz viuda de Lobos, ha superado las barreras que limitan el acceso y goce del pleno derecho a la educación, de quienes por dedicarse al cuidado de sus familias, postergan sus metas y aspiraciones personales, al demostrar con su esfuerzo y dedicación que la edad no es un límite para alcanzar las metas.

V.- Que en virtud de los méritos antes señalados, es procedente concederle la Distinción Honorífica de “Notable Ciudadana de El Salvador", por su perseverancia, dedicación y deseos de superación, lo que constituye un digno ejemplo para la sociedad salvadoreña.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Karla Gisela Ábrego Cáceres, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Guillermo Francisco Mata Bennett y Karina Ivette Sosa de Lara.

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR 2

DECRETA:

Art. 1.- Declárase a la señora Cruz del Carmen de Paz viuda de Lobos, “NOTABLE CIUDADANA DE EL SALVADOR", por su perseverancia, dedicación y deseos de superación, lo que constituye un digno ejemplo para la sociedad salvadoreña.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a un día del mes de julio del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de julio del año dos mil diez. PUBLÍQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Humberto Centeno Najarro, Ministro de Gobernación. D. O. N° 136 Tomo N° 388 Fecha: 20 de julio de 2010 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR 3 CGC/adar. 12-8-2010

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