DECRETO N° 40.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que en aras de realizar una incuestionable elección con respecto a los profesionales del Derecho que actuarán como miembros propietarios y suplentes del Consejo Nacional de la Judicatura, ente, cuyo fin es la de modernizar y positivizar el cumplimiento del mandato constitucional de la pronta y cumplida justicia;
II.- Que como consecuencia de lo anterior, debe darse estricto cumplimiento al mandato establecido en los Arts. 131 Ord.19 y 187 Inc. 3 de la Constitución de la República, con la plena determinación de contribuir al fortalecimiento del Órgano Judicial;
POR TANTO,
en ejercicio de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
ARTICULO ÚNICO:
Declárense electos Miembros del Consejo Nacional de la Judicatura a los Abogados siguientes:
CONCEJALES PROPIETARIOS
Por parte de las Universidades Privadas - Dra. María Hortensia Cruz de López
Por parte de la Universidad de El Salvador - Lic. Marta Alicia Aguirre de Pérez
CONCEJALES SUPLENTES RESPECTIVAMENTE
Por parte de las Universidades Privadas - Dr. Cruz Donelly Henríquez
Por parte de la Universidad de El Salvador - Lic. Luis Antonio Villeda Figueroa
Las personas mencionadas rindieron la protesta constitucional correspondiente en esta misma fecha,
y durarán en el cargo, desde el día veinte de junio del año 2003, hasta el día 20 de junio del 2006.
DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE.
JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.
MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR, ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.
ELVIA VIOLETA MENJÍVAR, CUARTA SECRETARIA.
D. O. N° 113 Tomo N° 359 Fecha: 20 de junio de 2003. Adar.