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Decreto N° 351 13 Noviembre de 1992 Asamblea Legislativa

Decreto N° 351 (1992)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 351 Fecha: 13 Noviembre de 1992 Año: 1992

DECRETO N° 351

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que por mandato constitucional, las Disposiciones contenidas en las Leyes secundarias, deben ser armonizadas con nuestra Constitución.

II.- Que en la Ley de Carreteras y Caminos Vecinales, en alguna de sus Disposiciones, consigna la frase PODER EJECUTIVO, y al tenor de la Constitución de la República, tal término ha sido modificado por el de ÓRGANO EJECUTIVO; por lo que es procedente reformar la referida Ley.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados Raúl Manuel Somoza Alfaro, Silvia Guadalupe Barrientos, Ludovico Rolando Samayoa y Rafael Morán Orellana.

DECRETA las siguientes reformas a la Ley de Carreteras y Caminos Vecinales, emitido mediante Decreto Legislativo N° 463 de fecha 9 de septiembre de 1969, publicado en el Diario Oficial N° 189, Tomo N° 225 de fecha 13 de octubre del mismo año:

Art. 1.- Refórmase el Art. 2, así: "Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, se consideran carreteras las vías cuyo rodamiento las hace de tránsito permanente; su planificación, construcción, mejoramiento, corresponde al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas."
Art. 2.- Refórmase el Art. 64, de la manera siguiente: "Art. 64.- El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas, emitirá el Reglamento de la presente Ley."
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos. LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA, PRESIDENTE. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, RUBÉN IGNACIO ZAMORA RIVAS, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, VICEPRESIDENTE. RAÚL MANUEL SOMOZA ALFARO, ERNESTO TAUFIK KURY ASPRIDES, SECRETARIO. SECRETARIO. 2 RENÉ FLORES AQUINO, RAÚL ANTONIO PEÑA FLORES, SECRETARIO. SECRETARIO. REYNALDO QUINTANILLA PRADO, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos. PUBLÍQUESE, Alfredo Félix Cristiani Burkard, Presidente de la República. José Raúl Castaneda Villacorta, Ministro de Obras Pública. D. O. N° 209 Tomo N° 317 Fecha: 13 de noviembre de 1992 VM/geg 28-02-2019

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