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Decreto N° 348 31 Mayo de 2010 Asamblea Legislativa

Decreto N° 348 (2010)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 348 Fecha: 31 Mayo de 2010 Año: 2010

DECRETO N° 348

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con el Artículo 131, ordinal 22º de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano del Estado conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.

II.- Que, de conformidad con el Artículo 6, literal b) de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, se establece que la nominación de “Noble Amigo o Amiga de El Salvador” constituye una altísima distinción que podrá otorgarse cuando, tratándose de personas extranjeras, los hechos que se pretendan galardonar constituyan un beneficio para el Estado de El Salvador o para la población salvadoreña.

III.- Que el señor Philip Graham Laidlaw, Consejero Político de la Embajada de los Estados Unidos de América, en El Salvador, ha trabajado desde el año 2005, en diferentes aspectos de mucho beneficio a nivel nacional, y se ha desempeñado como Consejero Político desde el año 2007, gestión durante la cual ha prestado su valiosa colaboración y ayuda, en el sostenimiento permanente de una comunicación fluida entre ambas naciones.

IV.- Que el señor Laidlaw ha desarrollado una importante gestión humanitaria efectiva en los desastres naturales; así como la ayuda decidida en la conformación del Grupo Binacional de trabajo para tratar asuntos migratorios; igualmente, ha participado en coordinación con la Cancillería en la realización y seguimiento de la iniciativa Caminos a la Prosperidad, entre otras actividades diplomáticas que han fortalecido los lazos de unión entre nuestro país y los Estados Unidos de América, y en consecuencia han constituido un beneficio para el Estado de El Salvador y su población.

V.- Que en virtud de los méritos antes señalados, es procedente conceder el máximo galardón que este Órgano Fundamental del Estado confiere a extranjeros, declarándolo "Noble Amigo de El Salvador", por su valioso aporte en beneficio del Estado salvadoreño mediante el fortalecimiento de los lazos de unión entre la República de El Salvador y los Estados Unidos de América.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Othon Sigfrido Reyes Morales y César Humberto García Aguilera.

DECRETA:

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2

Art. 1.- Declárase al señor Philip Graham Laidlaw, Consejero Político de la Embajada de los Estados Unidos de América, en nuestro país, “NOBLE AMIGO DE EL SALVADOR”, por su valioso aporte en beneficio del Estado salvadoreño mediante el fortalecimiento de los lazos de unión entre la República de El Salvador y los Estados Unidos de América.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil diez. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 3 PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Humberto Centeno Najarro, Ministro de Gobernación. D. O. N° 100 Tomo N° 387 Fecha: 31 de mayo de 2010. CGC/adar. 15-6-2010

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