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Decreto N° 317 22 Febrero de 2010 Asamblea Legislativa

Decreto N° 317 (2010)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 317 Fecha: 22 Febrero de 2010 Año: 2010

DECRETO N° 317

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el 30 de noviembre de 2007 en el Marco de la XXXVIII Reunión de Ministros de la Organización Latinoamericana de Energía, OLADE, fue adoptada la Decisión XXXVIII/D/453 de los países miembros de la Organización Latinoamericana de Energía, la cual tiene por objeto reformar el Art. 1 del Convenio Constitutivo al cambiar el nombre de la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), por el de Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía (OLACDE), reflejando la presencia activa de los países del Caribe dentro de la Organización; así como modificar todos los Artículos del Convenio que establecen la denominación de la Organización para guardar concordancia con el citado Artículo.

II.- Que la Decisión antes mencionada ha sido aprobada por el Órgano Ejecutivo en el ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 239/2010, del 22 de febrero de 2010, y sometido a consideración de este Órgano Legislativo para su inclusión en el ordenamiento jurídico, salvadoreño vigente y positivo.

III.- Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución de la República, siendo procedente su ratificación.

POR TANTO,

en uso de la potestad establecida en el Art. 131, ordinal 7º. de la Constitución de la República en relación con el Art. 168, ordinal 4º. de la misma, y a iniciativa del Viceministro para los Salvadoreños en el Exterior Encargado del Despacho,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes la Decisión XXXVIII/D/453 de los países miembros de la Organización Latinoamericana de Energía, (OLADE), la cual consta de Cuatro Considerandos y Cinco Artículos, adoptada el 30 de noviembre de 2007 en el Marco de la XXXVIII Reunión de Ministros de la Organización Latinoamericana de Energía, OLADE, aprobada por el Órgano Ejecutivo, mediante Acuerdo No. 239/2010 del 22 de febrero de 2010.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince días del mes de abril del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO. SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA, SÉPTIMO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. Hugo Roger Martínez Bonilla, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 88 Tomo N° 387 Fecha: 14 de mayo de 2010. CGC/adar. 25-5-2010 Ngcl 14/3/12

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