DECRETO N° 269
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad con el Art. 117 de la Constitución, es deber del Estado, proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente para garantizar el desarrollo sostenible; y asimismo, declara de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos naturales en los términos que establezca la ley.
II. Que, al respecto, la Ley del Medio Ambiente, en el Capítulo relacionado con las aguas y ecosistemas acuáticos, establece como política gubernamental, que se promoverán acciones para asegurar que el equilibrio del ciclo hidrológico no sufra alteraciones negativas para la productividad; para el equilibrio de los ecosistemas, la conservación del medio ambiente, la calidad de vida y mantener el régimen climático.
III. Que, asimismo, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución A/RES/47/193, de fecha 22 de diciembre de 1993, declaró el 22 de marzo de cada año, Día Mundial del Agua, de conformidad con las recomendaciones de la Conferencia de la Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo; por lo cual existe un esfuerzo concertado mundialmente, para la promoción de la conservación y el ordenamiento sostenible del recurso hidrológico.
IV. Que siendo el acceso al agua con calidad, un derecho humano fundamental para garantizar la salud y la vida presente y futura, lo que implica cualquier desarrollo económico, social y ambiental; es procedente apoyar a los esfuerzos que se realizan a nivel internacional en la concientización de la importancia de preservar este recurso vital para la subsistencia, declarando un día nacional por el derecho y la sustentabilidad del agua.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Gerson Martínez, Francisco Roberto Lorenzana Durán y Zoila Beatriz Quijada Solís, con el apoyo de los Diputados: Oscar Abraham Kattán Milla, Carlos Rolando Herrarte Rivas, Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Julio César Portillo Baquedano, José Mauricio Quinteros Cubías, Ana Vilma Castro de Cabrera, Noel Abilio Bonilla Bonilla, Manuel de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Manuel Vicente Menjivar Esquivel, Federico Guillermo Ávila Qüehl, Francisco Antonio Prudencio, Mariela Peña Pinto, Ernesto Antonio Angulo Milla, Carlos Armando Reyes Ramos, Wilfredo Iraheta Sanabria, María Patricia Vásquez de Amaya, Mario Marroquín Mejía, Jesús Grande, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjivar, Alberto Armando Romero Rodríguez, Juan Enrique Perla Ruiz, José Ernesto Castellanos Campos, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Julio Antonio Gamero Quintanilla, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Roberto José d'Aubuisson Munguía, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Rubén Antonio Álvarez Fuentes, Fernando Alberto José Ávila Quetglas, Marco Aurelio González, Santos Adelmo Rivas Rivas, Rafael Ricardo Morán
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2
Tobar, María Julia Castillo Rodas, Julio Milton Parada Domínguez, Mauricio Ernesto Rodríguez y Héctor Alfredo Guzmán Alvarenga,
DECRETA:
Art. 1.- Declárase el 22 de marzo de cada año, “DÍA NACIONAL POR EL DERECHO Y SUSTENTABILIDAD DEL AGUA”, que permita incidir en la conciencia de toda la sociedad salvadoreña, con el fin de rescatar este recurso vital, haciendo un uso responsable, equitativo y en armonía con la naturaleza para la continuidad de la vida de las presentes y futuras generaciones.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil siete. RUBEN ORELLANA, PRESIDENTE. ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR, SECRETARIO. SECRETARIO. JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ, SECRETARIO. SECRETARIO. ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS, SECRETARIA. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil siete. PUBLIQUESE, ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República. Juan Miguel Bolaños, Ministro de Gobernación. D. O. N° 74 Tomo N° 375 Fecha: 24 de abril de 2007. JCH/adar