DECRETO N° 246.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Federal de Alemania han celebrado el Convenio sobre Cooperación Financiera, Proyecto “Intermediario Financiera Calpiá”, el cual consta de Un Preámbulo y Cinco Artículos, suscrito en la ciudad de Bonn, República Federal de Alemania, el 10 de diciembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno de la República Federal de Alemania, por su representante debidamente autorizado;
II. Que los fondos que se obtengan de dicha Cooperación Financiera serán utilizados para brindar un aporte a la mejora de las condiciones de vida y la situación de ingresos de estratos poblacionales pobres, a través del mejoramiento del acceso permanente del grupo meta de la micro y pequeña empresa y agricultor, a pequeños créditos de mediano y largo plazo y del fortalecimiento institucional de Calpiá, como intermediario financiero orientado al grupo meta;
III. Que el mencionado Convenio Sobre Cooperación Financiera fue aprobado en todas sus partes, por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 190 de fecha 24 de febrero de 1998 y que no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio sobre Cooperación Financiera, Proyecto “Intermediario Financiera Calpiá”, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Federal de Alemania, el cual consta de Un Preámbulo y Cinco Artículos, suscrito en la ciudad de Bonn, República Federal de Alemania, el 10 de diciembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno de la República Federal de Alemania, por su representante debidamente autorizado; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 190 de fecha 24 de febrero de 1998.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los doce días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA GARCIA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJIVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 61 Tomo N° 338 Fecha: 30 de marzo de 1998 Adar ÍNDICE LEGISLATIVO