DECRETO N° 231
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Dominicana han celebrado el Convenio de Supresión de Visas en Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, suscrito el día 6 de noviembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno de la República Dominicana, por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Don Eduardo Latorre;
II. Que los objetivos principales de este Convenio son: 1) El que los miembros de las Misiones Diplomáticas y Consulares Salvadoreñas y Dominicanas, acreditadas en la República de El Salvador y en la República Dominicana, así como sus cónyuges e hijos menores que vivan junto con ellos, estén exentos de obtener el respectivo visado para ingresar, permanecer o salir del país receptor, de acuerdo a las regulaciones de residencia, durante el período que dure su Misión en cualquiera de los dos países; 2) Que los nacionales de la República de El Salvador y los nacionales de la República Dominicana que sean titulares de Pasaportes Diplomáticos u Oficiales válidos, puedan entrar en el territorio del otro Estado, transitar por el mismo o salir de éste, exentos del requisito de visa, pudiendo permanecer en territorio del otro Estado por un plazo no mayor de sesenta días, renovables de acuerdo con las respectivas legislaciones;
III. Que dicho Convenio de Supresión de Visas, fue aprobado en todas sus partes por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 160 de fecha 16 de febrero del corriente año y no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Supresión de Visas en Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Dominicana, suscrito el día 6 de noviembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Gobierno de la República Dominicana, por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Don Eduardo Latorre; dicho Convenio fue aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 160 de fecha 16 de febrero del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dos días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. JUAN DUCH MARTINEZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA GERARDO ANTONIO SUVILLAGA GARCIA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJIVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRERTARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, Ministro de Relaciones Exteriores. D.O. N° 57 Tomo N° 338 Fecha: 24 de marzo de 1998 Adar ÍNDICE LEGISLATIVO