DECRETO N° 224
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Reino de España, han celebrado el Programa de Cooperación Financiera Hispano-Salvadoreño, el cual consta de Un Preámbulo y Once Disposiciones, suscrito en esta ciudad, el 14 de noviembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Reino de España, por el Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, Don José Manuel Fernández Norniella;
II. Que la finalidad del Programa en mención, consiste en desarrollar durante el período 1998- 2000, facilidades financieras por un monto de hasta VEINTE MILLONES DE PESETAS (20,000,000.00) equivalentes al cambio oficial vigente, para financiar exportaciones de bienes y servicios españoles o proyectos de interés común por un periodo de 3 años;
III. Que el Programa relacionado, fue aprobado en todas sus partes, por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 55 de fecha 20 de enero de 1998;
IV. Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales, a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma, y del diputado Álvaro Gerardo Escalón Gómez,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Programa de Cooperación Financiera Hispano-Salvadoreño, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Reino de España, el cual consta de Un Preámbulo y Once Disposiciones, suscrito en esta ciudad, el 14 de noviembre de 1997, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Ramón E. González Giner; y, en nombre y representación del Reino de España, por el Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, Don José Manuel Fernández Norniella; aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo N° 55 de fecha 20 de enero de 1998.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ PRESIDENTE GERSON MARTINEZ CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE RONAL UMAÑA NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA JUAN DUCH MARTINEZ TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO ELVIA VIOLETA MENJIVAR JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. RENE EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON Viceministro de Relaciones Exteriores. Encargado del Despacho. D. O. N° 33 Tomo N° 338 Fecha: 18 de febrero de 1998 Adar ÍNDICE LEGISLATIVO