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Decreto N° 20 27 Mayo de 2009 Asamblea Legislativa

Decreto N° 20 (2009)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 20 Fecha: 27 Mayo de 2009 Año: 2009

DECRETO N° 20

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Legislativo N° 1039, de fecha 29 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial N° 103, Tomo 371 del 6 de junio del mismo año, se emitió la Ley de la Carrera Administrativa Municipal.

II. Que el Art. 2 del referido marco legal, establece que no estarán comprendidos en la Carrera Administrativa Municipal las personas contratadas temporal o eventualmente, para desarrollar funciones de nivel técnico u operativo en base al grado de confianza en ellos depositados.

III. Que existen cargos que por su naturaleza requieren especial grado de confianza, y que, las excepciones establecidas en dicha disposición no los define con claridad, generando dificultades de aplicabilidad práctica que desnaturalizan el objeto, los fines y alcances contenidos en la Carrera Administrativa Municipal regulados por esta Ley.

IV. Que en consecuencia resulta necesario establecer expresamente la denominación de dichos cargos por medio de reformar la Ley a que se refiere el Considerando primero de este Decreto.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Mario Eduardo Valiente Ortiz, Roberto José d’Aubuisson Munguía, Alberto Armando Romero Rodríguez, Guillermo Antonio Gallegos, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez, Erik Mira Bonilla, Rodrigo Samayoa, Eduardo Antonio Gomar Morán y Rigoberto Soto.

DECRETA la siguiente:

Reforma a la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, emitida por medio del Decreto Legislativo N° 1039, de fecha 29 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial N° 103, Tomo 371 del 6 de junio del mismo año.

Art. 1.- Adiciónase un segundo inciso, al numeral 2, del Art. 2, de la siguiente manera: “Aquellos cargos que por su naturaleza requieren alto grado de confianza, tales como Secretario Municipal, Tesorero Municipal, Gerente General, Gerentes de Área o Directores, Auditores Internos, Jefes del Cuerpo Encargado de la Protección del Patrimonio Municipal y Jefes de las Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales, los cuales serán nombrados por las respectivas municipalidades o entidades municipales.”
Art. 2.- Debido que la presente reforma pretende regular una de las excepciones a la carrera ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 administrativa municipal que interesan a toda la sociedad, cuyo objeto es mantener y garantizar la eficiencia del régimen Administrativo Municipal, califícase de orden público los efectos del presente Decreto.
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, SECRETARIA. SECRETARIO. ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, SECRETARIO. SECRETARIA. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA, SECRETARIO. SECRETARIO. NOTA: En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 97 inciso 3º del Reglamento Interior de este Órgano del Estado, se hace constar que el presente Decreto fue devuelto con observaciones por el Presidente de la República, el 27 de mayo de 2009, resolviendo esta Asamblea Legislativa aceptar dichas observaciones en Sesión Plenaria celebrada de ese mismo día. ROBERTO JOSÉ d’AUBUISSON MUNGUÍA SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve. PUBLIQUESE, ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República. Juan Miguel Bolaños Torres, Ministro de Gobernación. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 3 D. O. N° 107 Tomo N° 383 Fecha: 11 de junio de 2009. CGC/Adar. 24-06-2009 ielp 17-11-2011

Consulta y descarga de documento oficial

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