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Decreto N° 192 10 Junio de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 192 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 192 Fecha: 10 Junio de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 192

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), han celebrado el Convenio de Cooperación Financiera no Reembolsable, denominado "FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE EL SALVADOR" (CONACYT), el cual consta de un Preámbulo, cuatro Artículos y un Anexo A relativo a los Términos de Referencia de los Consultores, suscrito en esta ciudad el día 10 de junio de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el entonces Ministro de Economía, Ingeniero Luis Enrique Córdova y en nombre y representación del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por el señor Presidente del Banco, Doctor José Manuel Pacas Castro;

II.- Que el Convenio en referencia tiene como objetivo financiar al Gobierno de la República de El Salvador, la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 150.000.00) no reembolsables, con la finalidad de contribuir en el componente de Desarrollo Científico y Tecnológico en lo que se refiere a la formulación de la Política y el Programa Nacional del mismo;

III.- Que dicho Convenio de Cooperación fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 351 de fecha 31 de octubre de 1994;

IV.- Que el Convenio mencionado en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 41 de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Cooperación Financiera no Reembolsable, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), denominado "FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE EL SALVADOR" (CONACYT), el cual consta de un Preámbulo, cuatro Artículos y un Anexo A relativo los Términos de Referencia de los Consultores, suscrito en esta ciudad el día 10 de junio de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el entonces Ministro de Economía, Ingeniero Luis Enrique Córdova y en nombre y representación del Banco ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por el señor Presidente del Banco, Doctor José Manuel Pacas Castro; aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 351 de fecha 31 de octubre del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 234 Tomo N° 325 Fecha: 16 de diciembre de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO

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