DECRETO No. 191
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Económica Europea (CEE), han celebrado el Convenio de Financiación N° NTP/93/428/922, denominado "MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR", el cual consta de un Preámbulo, cinco Artículos, un Anexo A relativo a las Disposiciones Técnicas y Administrativas, la cual comprende a su vez, las Condiciones Generales y un Anexo B, relativo al Arbitraje; suscrito en esta ciudad el día 12 de marzo de 1993, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por la Ministra de Educación, Licenciada Cecilia Gallardo de Cano, y en nombre y representación de la Comunidad Económica Europea (CEE), por el Director General, Encargado de las Relaciones Norte/Sur, Don Juan Prat;
II.- Que el Convenio en mención servirá al resurgimiento de la Universidad de El Salvador (UES), que ha sufrido daños considerables a partir del terremoto de 1965, de 1986 y durante el período del conflicto armado;
III.- Que dicho Convenio de Financiación fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 352 de fecha 31 de octubre de 1994;
IV.- Que el Convenio mencionado en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio de Financiación N° NTP/93/498/922, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Económica Europea (CEE), denominado "MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR" , el cual consta de un Preámbulo, cinco Artículos, un Anexo A relativo a las Disposiciones Técnicas y Administrativas, la cual comprende a su vez, las Condiciones Generales y un Anexo B, relativo al Arbitraje; suscrito en esta ciudad el día 12 de marzo de 1993, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por la Ministra de Educación, Licenciada Cecilia Gallardo de Cano, y en nombre y representación de la Comunidad Económica Europea (CEE), por el Director General, Encargado de las Relaciones Norte/Sur, Don ÍNDICE LEGISLATIVO 2 Juan Prat; aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 352 de fecha 31 de octubre del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. No. 232 Tomo No. 325 Fecha: 14 de diciembre de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO