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Decreto N° 19 2 Junio de 2003 Asamblea Legislativa

Decreto N° 19 (2003)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 19 Fecha: 2 Junio de 2003 Año: 2003

DECRETO N° 19

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que mediante Decreto Legislativo No. 513, de fecha 22 de abril de 1993, publicado en el Diario Oficial No. 98, Tomo No. 319, de fecha 26 de mayo del mismo año, se emitió la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador.

II.- Que en el Capítulo IV, artículo 22 de la misma, se establece que los Bienes Culturales no podrán salir fuera del país sin la previa autorización de la Asamblea Legislativa y que, asimismo, el artículo 23 expresa que el Ministerio de Educación gestionará la autorización para la salida temporal del país de bienes muebles con valor cultural, a fin de participar en eventos de interés.

III.- Que el próximo mes de junio, en los Estados Unidos de Norte América, se llevará a cabo la celebración denominada “The White Center International Festival”, y el grupo de investigación cultural TALTICPAC, de El Salvador, ofrecerá conciertos con instrumentos de viento prehispánicos que forman parte del Patrimonio Cultural de nuestro país.

IV.- Que los referidos instrumentos pertenecen a la colección privada del Ingeniero Carlos Mauricio López, quien viajará al mencionado país para dicho evento; en tal sentido, es procedente que este Órgano del Estado autorice la salida temporal de los mismos.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Marta Lilian Coto Vda. de Cuéllar, Gabino Ricardo Hernández Alvarado, Luis Alberto Corvera Rivas, Roberto Eduardo Castillo Batle y Ricardo Bladimir González,

DECRETA:

Art. 1.- Autorízase la salida temporal, hacia los Estados Unidos de Norte América, de la colección de catorce instrumentos de viento, que forman parte de nuestro Patrimonio Cultural, cuyo propietario es el Ingeniero Carlos Mauricio López, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Flauta Zoomorfo, Mono, P3: A1-1; 2. Pito Flauta Zoomorfo, Mono, P3: A1-2; 3. Flauta Fálica Trisegmentada Vertical, P3: A1-3; 4. Pito Flauta Globular, P3: A1-4; 5. Pito Corto Zoomorfo, P3: A1- 5; 6. Pito Flauta Globular Antropomorfa, P3: A1-7; 7. Flauta Zoomorfa Trípode, P3: A1-8; 8. Pito Flauta Zoomorfa, P3: A1-9; 9. Pito Flauta Zoomorfa Globular, P3: A1-10; 10. Pito Flauta Zoomorfo Protuberante de Agujeros, P3: A1-11; 11. Pito Flauta Zoomorfo Globular, P3: A1-12; 12. Pito Flauta Globular de Ducto Doble, P3: A1-13; 13. Pito Corto Zoomorfo, P3: A1-14; 14. Pito Flauta Zoomorfa Globular, P3: A1-15.
Art. 2.- Los instrumentos de viento prehispánicos, mencionados en el artículo anterior, saldrán fuera del país desde la vigencia del presente Decreto y su retorno será el día 21 de junio, ambas fechas del presente año, a fin de utilizarlos en los conciertos que se llevarán a cabo en la 2 celebración denominada “The White Center International Festival” en Washington, Estados Unidos de Norte América; siendo obligación del Ingeniero Carlos Mauricio López, notificar al Ministerio de Educación, a través de CONCULTURA, para que se informe a la Asamblea Legislativa acerca del retorno de dichos instrumentos.
Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil tres. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE. MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR, ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO. ELVIA VIOLETA MENJÍVAR, CUARTA SECRETARIA. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil tres. PUBLÍQUESE, Francisco Guillermo Flores Pérez, Presidente de la República. Rolando Marín, Ministro de Educación. D. O. N° 99 Tomo N° 359 Fecha: 2 de junio de 2003 Adar.

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