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Decreto N° 186 15 Noviembre de 2000 Asamblea Legislativa

Decreto N° 186 (2000)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 186 Fecha: 15 Noviembre de 2000 Año: 2000

DECRETO N° 186

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con el artículo 131, numeral 22, de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano del Estado conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la patria.

II.- Que la cantante salvadoreña Dina Esmeralda Rodríguez Guerra, de seudónimo Glenda Gaby, ha logrado un importante éxito a nivel internacional, proyectando con ello los valores artísticos y culturales de nuestra nacionalidad, especialmente en los diferentes países de Europa, Asia y América, en los que se ha destacado como digna representante del pueblo salvadoreño.

III.- Que no obstante su residencia en el extranjero, la referida compatriota ha mantenido latente el arraigo con su pueblo natal, actuando periódicamente en nuestro país, especialmente para contribuir, con su talento artístico, en diversos espectáculos organizados a beneficio de la niñez indigente de El Salvador. POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados Rafael Hernán Contreras y José Mauricio Quinteros,

DECRETA:

Art. 1.- Confiérese a la compatriota Dina Esmeralda Rodríguez Guerra, conocida artísticamente como Glenda Gaby, la distinción honorífica de “NOBLE HIJA DE EL SALVADOR”, por sus relevantes servicios prestados a la patria, mediante su reconocido talento artístico, proyectado a nivel internacional.
Art. 2. - El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a uno de noviembre del año dos mil. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, PRESIDENTE. WALTER RENÉ ARAUJO MORALES, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. CARMEN ELENA CALDERÓN DE ESCALÓN, JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, Secretaria. Secretario. ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR 2 ALFONSO ARÍSTIDES ALVARENGA, WILLIAM RIZZIERY PICHINTE, SECRETARIO. SECRETARIO. RUBÉN ORELLANA MENDOZA, AGUSTÍN DÍAZ SARAVIA, SECRETARIO. SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil. PUBLÍQUESE, Francisco Guillermo Flores Pérez, Presidente de la República. Mario Acosta Oertel, Ministro del Interior. D. O. N° 214 Tomo N° 349 Fecha: 15 de noviembre de 2000 Adar

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