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Decreto N° 169 10 Junio de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 169 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 169 Fecha: 10 Junio de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 169

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Gobierno de la República de El Salvador y el de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), celebraron la Enmienda N° 6 al Convenio de Donación AID No. 519-0394, denominado "PAZ Y RECUPERACION NACIONAL", la cual consta de un Preámbulo, tres Numerales y un Anexo I relativo al Plan Financiero, Presupuesto Ilustrativo, suscrita en esta ciudad el día 10 de junio de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por el Ministro de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social, Ingeniero Ramón González Giner y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América por el señor Embajador de dicho país acreditado ante el Gobierno de la República de El Salvador, Don Alan H. Flanigan, así como por el Director en funciones de USAID en El Salvador, Don John L. Lovaas;

II. Que la Enmienda No. 6 al Convenio de Donación arriba mencionada, aumenta en US$ 17.500.000.00, la Donación, para proporcionar asistencia que satisfaga las necesidades humanitarias del pueblo salvadoreño durante el proceso de desmovilización, cuyos fondos se invertirán de conformidad al Anexo I, el cual se refiere al Plan Financiero y al Presupuesto Ilustrativo;

III. Que dicha Enmienda fue aprobada en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 255 de fecha 29 de septiembre de 1994;

IV. Que la Enmienda al Convenio de Donación a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.-Ratifícase en todas sus partes la Enmienda No.6 al Convenio de Donación AID N° 519-0394, denominado "PAZ Y RECUPERACION NACIONAL",la cual consta de un Preámbulo,tres Numerales y un Anexo I relativo al Plan Financiero,Presupuesto Ilustrativo,suscrita en esta ciudad el 10 de junio de 1994,en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el Ministro de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social,Ingeniero Ramón González Giner y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América, por el señor Embajador de dicho ÍNDICE LEGISLATIVO 2 país acreditado ante el Gobierno de la República de El Salvador, Don Alan H. Flanigan, así como por el Director en funciones de USAID en El Salvador, Don John L. Lovaas; aprobada en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 255 de fecha 29 de septiembre del corriente año.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente del República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 218 Tomo N° 325 Fecha: 24 de noviembre de 1994 ldr ÍNDICE LEGISLATIVO

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