DECRETO No. 154
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Federal de Alemania, han celebrado el Canje de Notas denominado: "MEJORA DE LA ATENCION ORTOPEDICO-TECNICA", el cual consta de un Preámbulo y siete Artículos, suscrito en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el 19 de mayo de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel A. Salaverría A. juntamente con el señor Embajador de la República Federal de Alemania, acreditado en País, Doctor Richard Giesen;
II. Que el referido Canje de Notas tiene como objetivo mejorar la atención ortopédico-técnica, enviando por parte del Gobierno de Alemania, expertos en la materia, los que serán destacados ante la Dirección del Instituto de Salvadoreño Rehabilitación de Inválidos (ISRI), hasta por un período de treinta y seis meses;
III. Que el Canje de Notas, fue aprobado en todas sus partes por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 234 de fecha 26 de septiembre del corriente año;
IV. Que el Canje de Notas a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición que contravenga la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Canje de Notas celebrado entre los Gobiernos de las Repúblicas de El Salvador y la República Federal de Alemania, denominado "MEJORA DE LA ATENCION ORTOPEDICO-TECNICA", el cual consta de un Preámbulo y siete Artículos, suscrito en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el 19 de mayo de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel A. Salaverría A. juntamente con el señor Embajador de la República Federal de Alemania, acreditado en el País, Doctor Richard Giesen; dicho Canje de Notas, fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 234 de fecha 26 de septiembre del año en curso.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los once días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 208 Tomo N° 325 Fecha 10 de noviembre de 1994 ldr. ÍNDICE LEGISLATIVO