DECRETO No. 145
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo No. 677, de fecha 11 de octubre de 1993, publicado en el Diario Oficial No. 231, Tomo 321, de fecha 13 de diciembre del mismo año, se emitió el Código de Familia, el cual entrará en vigencia el 1o. de octubre del corriente año;
II.- Que el referido Código deroga, entre otras leyes, el Código de Menores, ya que muchas de sus disposiciones se regulan en la Ley del Menor Infractor, la cual su vigencia se había establecido también para el 1o. de octubre del corriente año;
III.- Que así mismo, por Decreto Legislativo No. 135 de fecha 14 de septiembre, se prorrogó la vigencia de la Ley del Menor Infractor hasta el 1o. de marzo de 1995;
IV.- Que tal prórroga causa algunos inconvenientes en cuanto a la competencia y procedimientos que llevan a cabo los actuales Jueces de Menores, por lo que es procedente, emitir las disposiciones legales que resuelvan tal situación;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Walter René Araujo Morales y Juan Duch Martínez,
DECRETA:
Art. 1.- Déjase sin efecto la derogatoria al Código de Menores, que establece el Código de Familia, en lo relativo a las normas relacionadas con las infracciones, consideradas como delitos o faltas atribuidas a menores, el procedimiento, las medidas tutelares, así como las normas que tratan sobre la creación y competencia de los Tribunales Tutelares de Menores.
Art. 2.- Lo dispuesto en este decreto es de naturaleza transitoria y quedará sin efecto, al entrar en vigencia la Ley del Menor Infractor.
Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia el 1o. de octubre del corriente año, previa publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ÍNDICE LEGISLATIVO 2 ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. RUBEN ANTONIO MEJIA PEÑA, Ministro de Justicia. D. O. N° 180 Tomo N° 324 Fecha: 29 de septiembre de 1994. ÍNDICE LEGISLATIVO