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Decreto N° 109 16 Mayo de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 109 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 109 Fecha: 16 Mayo de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 109

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que los Gobiernos de las Repúblicas de Ecuador y El Salvador, han celebrado el Convenio Básico de Cooperación Cultural, el cual consta de un Preámbulo y catorce Artículos, suscrito en la ciudad de Quito, República de Ecuador, el 16 de mayo de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel A. Salaverría A. y en nombre del Gobierno de la República de Ecuador, por el Ministro de Relaciones Exteriores, don Diego Paredes Peña;

II.- Que el referido Convenio Básico tiene por objeto promover la colaboración mutua en los campos de la cultura, la educación, las artes, las ciencias y el deporte; fomentando cada una de las partes en su país, las actividades que contribuyan al mejor conocimiento de la historia, la cultura y las costumbres del otro país, otorgando mutuamente las facilidades que hagan factible la creación, mantenimiento y funcionamiento de instituciones culturales, artísticas y educativas de ambos países en el territorio del otro, previo acuerdo y sobre la base de la reciprocidad, facilitando el ingreso y salida de las personas que se trasladen de uno al otro país, así como la internación temporal de los materiales y equipo necesarios;

III.- Que el Convenio Básico de Cooperación fue aprobado en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 57 de fecha 11 de julio del corriente año;

IV.- Que el Convenio a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio Básico de Cooperación Cultural, celebrado entre los Gobiernos de las Repúblicas de Ecuador y El Salvador, el cual consta de un Preámbulo y Catorce Artículos, suscrito en la ciudad de Quito, República de Ecuador, el 16 de mayo de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Don Miguel A. Salaverría A. y en nombre del Gobierno de la República de Ecuador, por el Ministro de Relaciones Exteriores, Don Diego Paredes Peña; dicho Convenio Básico de Cooperación, fue aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 57 de fecha 11 de julio del año en curso. ÍNDICE LEGISLATIVO 2
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 216 Tomo N° 325 Fecha: 22 de noviembre de 1994. ÍNDICE LEGISLATIVO

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