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Decreto N° 104 18 Abril de 1994 Asamblea Legislativa

Decreto N° 104 (1994)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 104 Fecha: 18 Abril de 1994 Año: 1994

DECRETO No. 104

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América, celebraron la Enmienda No. 1 al Convenio de Donación AID No. 519-0385, denominado "PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE", por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( US$ 2.500.000.00), equivalentes al cambio oficial del día, la cual consta de un Preámbulo, un Artículo y un Anexo, suscrita en esta ciudad el 18 de abril de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por la entonces Ministra de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social, Licenciada Mirna Liévano de Marques y por el entonces Ministro de Agricultura y Ganadería, Ingeniero Antonio Cabrales, y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América, por el señor Charles E. Costello, Director de la Misión USAID en El Salvador;

II.- Que dicha Enmienda, consiste en sustituir la Sección 3.1 - La Donación- del Artículo 3 -Financiamiento; con el objeto de ayudar al Donatario en el financiamiento de los costos para la realización del Proyecto USAID, de conformidad con el Acta de Asistencia al Exterior de 1961, hasta por una cantidad que no excederá de US$20,000.000; y específicamente por medio de esta Enmienda se adicionan US$2.500.000.00, a la cantidad de US$6.400.000.00, otorgadas por medio del Convenio que se modifica;

III.- Que la Enmienda No. 1, al Convenio de Donación AID No. 519-0385, fue aprobada en todas sus partes por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 55 de fecha 11 de julio del corriente año;

IV.- Que la Enmienda al Convenio a que se hace referencia en los Considerandos anteriores, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7° de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4° de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes la Enmienda No. 1 al Convenio de Donación AID No. 519- 0385, denominado "PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE", celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América", por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentes al cambio oficial del día, la cual consta de un Preámbulo, un Artículo y un Anexo, suscrita en esta ciudad, el 18 de abril de 1994, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador por la entonces Ministra de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social, Licenciada Mirna Liévano de Marques ÍNDICE LEGISLATIVO 2 y el entonces Ministro de Agricultura y Ganadería, Ingeniero Antonio Cabrales, y en nombre y representación del Gobierno de los Estados Unidos de América, por el señor Charles E.Costello, Director de la Misión USAID en El Salvador, dicha Enmienda No. 1 fue aprobada por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 55 de fecha 11 de julio del año en curso.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS, PRESIDENTA. ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ, ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, VICEPRESIDENTA. VICEPRESIDENTE. JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA, GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO, SECRETARIO. SECRETARIO. CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, WALTER RENE ARAUJO MORALES, SECRETARIA. SECRETARIO. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL; San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. PUBLIQUESE, ARMANDO CALDERON SOL, Presidente de la República. OSCAR ALFREDO SANTAMARIA, Ministro de Relaciones Exteriores. D. O. N° 175 Tomo N° 324 Fecha: 22 de septiembre de 1994. ÍNDICE LEGISLATIVO

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