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Decreto N° 1 16 Octubre de 1985 Asamblea Legislativa

Decreto N° 1 (1985)

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Resumen interpretado del documento original publicado en el Diario Oficial. Los extractos legales se citan literalmente; consulte el documento original para el texto íntegro y vigente.

Institución del informe Asamblea Legislativa
Fecha de publicación
ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO 1

Datos clave del documento

Tipo: Decreto Número: 1 Fecha: 16 Octubre de 1985 Año: 1985

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DECRETO N° 144.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que siendo el mes de mayo la época que entra en actividad el Agro Salvadoreño, dedicándose a hacer producir la tierra, para obtener el sustento de la población salvadoreña constituyendo la base de la economía nacional;

II.- Que en base a la solicitud de los campesinos salvadoreños, por medio de la Central que han constituido, es conveniente declarar el día 14 de mayo de cada año "DIA NACIONAL DEL CAMPESINO", como un reconocimiento a esos salvadoreños que cultivan la tierra para beneficio de todos.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados: Rubén Orellana Mendoza, Jesús Dolores Ortiz Hernández, José Leonel Alonso, Joaquín Aparicio Ventura Cortez, Juan Pablo Urquilla, Julio Antonio Recinos Mancía, Reynaldo Conrado Lazo, José Abel Laguardia Pineda, Raúl Antonio Peña Flores, Ricardo Ever García Barillas.

DECRETA:

Art. 1.- DECLÁRASE EL 14 DE MAYO DE CADA AÑO, “DÍA NACIONAL DE LA PERSONA CAMPESINA”. (1)
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco. GUILLERMO ANTONIO GUEVARA LACAYO, PRESIDENTE. ALFONSO ARISTIDES AlVARENGA, HUGO ROBERTO CARRILLO CORLETO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE. MACLA JUDITH ROMERO DE TORRES, CARLOS ALBERTO FUNES, SECRETARIO. SECRETARIO. PEDRO ALBERTO HERNANDEZ PORTILLO,JOSE HUMBERTO POSADA SANCHEZ, ════════════════════════════════════════════════════════════ ════════════════════════════════════════════════════════════ SECRETARIO. SECRETARIO. RAFAEL MORAN CASTANEDA, RUBEN ORELLANA MENDOZA, SECRETARIO. SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco. PUBLIQUESE, JOSE NAPOLEON DUARTE, Presidente Constitucional de la República. CARLOS AQUILINO DUARTE FUNES, Ministro de Agricultura y Ganadería. D. O.: N° 195 Tomo: N° 289 Fecha: 16 de octubre de 1985. MRA/ert. REFORMA: (1) D.L. N° 206, 28 DE NOVIEMBRE DE 2012; D.O. N° 236, T. 397, 17 DE DICIEMBRE DE 2012. JCH 16/01/13 ════════════════════════════════════════════════════════════

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